Se notificará a las familias cuando se reúna el tribunal penal.
1. Según el artículo 182 de la Ley de Procedimiento Penal, una vez que el Tribunal Popular decide celebrar un juicio, determinará los miembros del tribunal colegiado y presentará copia de la acusación de la Fiscalía Popular a al menos diez días antes de la audiencia.
1. Antes de un juicio, el juez podrá convocar al fiscal, a las partes, a los defensores y a los agentes ad litem para conocer la situación y escuchar opiniones sobre cuestiones relacionadas con el juicio como recusación, relación de testigos comparecientes. en los tribunales, exclusión de pruebas ilegales, etc.
2. Una vez que el Tribunal Popular determine la fecha de la audiencia, notificará a la Fiscalía Popular la hora y lugar de la misma, citará a las partes y notificará al defensor, al agente ad litem, a los testigos, Tasadores y traductores. Las citaciones y notificaciones deberán entregarse al menos tres días antes de la sesión del tribunal. Para los casos que deban ser vistos en público, la causa del caso, el nombre del acusado, la hora y el lugar de la audiencia se anunciarán con antelación tres días antes de la audiencia.
2. "A petición del Tribunal Supremo Popular"
1. Determinar el juez que preside y los miembros del tribunal colegiado;
2. copia de la acusación al imputado diez días antes del juicio.
3. Informar a las partes y a sus representantes legales, defensores y agentes ad litem para que proporcionen la lista de testigos y tasadores y las pruebas cinco días antes del juicio. ; solicitar testigos, tasadores o personas con conocimientos especializados. Al comparecer ante el tribunal, se indicará el nombre, sexo, edad, ocupación, dirección e información de contacto de las personas relevantes;
4. de la hora y lugar de la audiencia tres días antes de la misma;
5. Para los casos a ser vistos en público, la causa del caso, el nombre del demandado, y la hora y lugar de la audiencia. audiencia se anunciará tres días antes de la misma.
Datos ampliados:
La etapa de juicio de una causa penal:
1. El juez que preside debe averiguar si las partes están presentes en el tribunal: consultar el nombre del acusado, nacionalidad, lugar de origen uno por uno, fecha de nacimiento, nivel educativo, ocupación, dirección, antecedentes penales, si se recibió la acusación y cuándo.
2. Comunicar la fuente del caso: Informar a las partes que hoy el tribunal conoce de un presunto delito de una persona procesada por una determinada fiscalía.
3. Dar a conocer los nombres de los colegiados, secretarios, fiscales, defensores, litigantes, tasadores y traductores; informar a las partes de su derecho a solicitar el retiro de colegiados, secretarios, fiscales; , tasadores y traductores; informar al demandado de su derecho de defensa.
4. Informar al demandado de sus derechos. Incluyendo el derecho a solicitar la recusación, el derecho a defender, el derecho a presentar pruebas, el derecho a solicitar que nuevos testigos comparezcan ante el tribunal, el derecho a solicitar nuevas pruebas, el derecho a solicitar la reidentificación, el derecho a reexaminar y el derecho a hacer una declaración final.
5. Preguntar al imputado si solicita la recusación: Si el motivo del imputado para solicitar la recusación se ajusta a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Penal, se aplazará el juicio. Informar al presidente o al Procurador General para su decisión. Si el motivo de la solicitud no se ajusta a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el juez que preside la desestimará en sede judicial.
6. Comunicar si el caso será conocido en público y explicar los motivos.
7. Anunciar la disciplina judicial.
Materiales de referencia:
Derecho procesal penal-Enciclopedia Baidu