Colección de citas famosas - Consulta de diccionarios - Si un contrato o acuerdo se realiza por duplicado, uno firmado por ambas partes y el otro no, ¿se considerará jurídicamente inválido?

Si un contrato o acuerdo se realiza por duplicado, uno firmado por ambas partes y el otro no, ¿se considerará jurídicamente inválido?

Se reconoce la ley, porque la copia de la otra parte solo tiene nuestra firma pero no la de la otra parte, lo que no afecta la eficacia del contrato

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En el contrato se establecen Requisitos y Requisitos de Vigencia

El establecimiento de un contrato significa que las partes llegan a un acuerdo y establecen una relación contractual. La validez de un contrato significa que un contrato con requisitos válidos ha producido efectos jurídicos según su significado. En la mayoría de los casos, los requisitos para que el contrato sea efectivo se cumplen en el momento de su establecimiento, por lo que el tiempo de su constitución y producción son consistentes.

En términos generales, existen tres requisitos para el establecimiento de un contrato: (1) Las partes deben tener la misma intención, es decir, el consenso, que es el requisito fundamental para el establecimiento de un contrato. Si las intenciones son inconsistentes, es decir, si se llega a un acuerdo pero no se llega a un consenso, no se puede establecer el contrato. (2) El consenso debe involucrar a dos o más partes. Es imposible que una sola parte llegue a un acuerdo, y por tanto es imposible establecer un contrato. (3) La manifestación de intención de las partes debe tener como objetivo celebrar un contrato. Si no hay expresión de intención con el fin de celebrar un contrato, incluso si se llega a un acuerdo, no se puede establecer un contrato. También existen algunos contratos, como los contratos formales y los contratos prácticos. Además de los tres elementos anteriores, su establecimiento también requiere elementos especiales, es decir, de cierta manera o para completar la entrega de la materia. De lo contrario, no se puede formar un contrato.

Generalmente se cree que los requisitos generales para que un contrato sea eficaz son:

1. Las partes deben tener la correspondiente capacidad para celebrar el contrato al celebrarlo. Se trata esencialmente de una disposición legal sobre las calificaciones de los sujetos del contrato. Si el sujeto no está calificado, el contrato celebrado no tendrá efectos jurídicos. Existen dos tipos de sujetos de contrato: personas físicas y personas no físicas. Como objeto del contrato, las personas no físicas tienen la principal capacidad comportamental. Como objeto de un contrato, la capacidad contractual de una persona física debe determinarse en función de su capacidad para la conducta civil.

2. Las partes del contrato expresan sus verdaderas intenciones. Este es otro requisito para un contrato válido. La llamada verdadera expresión de intención significa que las ofertas y compromisos hechos por las partes durante el proceso de contratación son expresiones de su voluntad independiente y verdadera. En circunstancias normales, la voluntad del actor es coherente con su actuación externa. Sin embargo, debido a determinadas razones subjetivas u objetivas, también puede producirse inconsistencia entre ambos.

3. El contrato no viola la ley ni el interés público social. Este es el más importante de los requisitos de producción por contrato. El contrato carecía de legalidad y no tenía margen de reparación. Sólo podía tener plenos efectos. El contrato viola la ley y el interés público social, lo que se refiere tanto al objeto como al contenido del contrato, es decir, el objeto y el contenido del contrato no deben violar la ley ni el interés público social. La “ley” mencionada aquí incluye no sólo las disposiciones obligatorias de las leyes, reglamentos y normas administrativas existentes, sino también las disposiciones prohibitivas e imperativas de las políticas nacionales.