Interpretación Judicial del Delito de Información de Tarjetas de Crédito
El delito de información de tarjetas de crédito se refiere al acto de robar, comprar y proporcionar ilegalmente información de tarjetas de crédito. Robar se refiere al acto de obtener información de tarjetas de crédito de otras personas por medios secretos (incluidos espiar, filmar, copiar y métodos de alta tecnología). El soborno se refiere al intercambio de dinero o beneficios materiales del personal relevante (como el personal de bancos y otras entidades financieras); instituciones) para las tarjetas de crédito de otras personas. El acto de proporcionar información ilegal se refiere al acto de proporcionar de forma privada información de tarjetas de crédito de otras personas que se posee legalmente. La "Decisión del Tribunal Popular Supremo y de la Fiscalía Popular Suprema sobre la modificación de la interpretación sobre varias cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en el tratamiento de casos penales que obstruyen la gestión de tarjetas de crédito" aclara las normas para la condena, sentencia y aplicación legal del fraude con tarjetas de crédito y otros delitos que impidan la gestión de tarjetas de crédito. Sobre la base de la práctica judicial, se decide modificar las "Interpretaciones del Tribunal Supremo Popular y de la Fiscalía Suprema Popular sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación específica de la ley en la tramitación de casos penales de obstrucción de la gestión de tarjetas de crédito" (Interpretación Fa [2009 ] N° 19, en adelante denominada la "Interpretación") de la siguiente manera: 1. Modificar el artículo 6 original de la "Interpretación" para que diga: "Si el titular de la tarjeta excede el límite prescrito o realiza sobregiros dentro del período prescrito con fines de posesión, y no devuelve la tarjeta por más de tres meses después de dos llamadas efectivas por parte del banco emisor de la tarjeta, se considerará que se trata de un 'sobregiro doloso' previsto en el artículo 196 de la Ley Penal "Ya sea por el motivo". El propósito de la posesión ilegal debe basarse en el historial crediticio del titular de la tarjeta, su capacidad y voluntad de pago, el estado de solicitud y sobregiro de la tarjeta de crédito y los fondos del sobregiro. El juicio se basará en circunstancias tales como el uso, el desempeño después del sobregiro y los motivos. por no pagar lo requerido. El propósito de la posesión ilegal no se determinará basándose únicamente en el hecho de que el titular de la tarjeta no pagó el préstamo según lo requerido. "Se considerará como 'posesión ilícita con el fin' previsto en el párrafo segundo del artículo 196 de la Ley Penal cualquiera de las siguientes circunstancias, salvo que exista prueba que acredite que el titular de la tarjeta no tiene el fin de la posesión ilícita: " (1) Una gran cantidad de sobregiro, que no se puede reembolsar, sabiendo que uno no tiene capacidad de reembolso; “(2) Un sobregiro después de solicitar una tarjeta de crédito utilizando certificados de crédito falsos, que no se pueden devolver; , evadir el banco ocultando, cambiando información de contacto, etc. Cobro; "(4) Escapar y transferir fondos, ocultar bienes y evadir pagos; "(5) Utilizar fondos de sobregiro para llevar a cabo actividades delictivas "(6) Otras actividades ilegales; posesión de fondos y negativa a devolverlos."