Las personas que absorban ilegalmente o absorban depósitos del público en forma encubierta serán procesados si exceden una determinada cantidad.
Subjetividad jurídica:
El artículo 1 de la "Interpretación de varias cuestiones relativas a la aplicación específica de la ley en el juicio de causas penales por recaudación ilegal de fondos" del Tribunal Supremo Popular viola las disposiciones de las leyes nacionales de gestión financiera y expone al público (incluidos (unidades e individuos)) y cumple las cuatro condiciones siguientes al mismo tiempo, a menos que el Código Penal disponga lo contrario, se considerará como "absorción ilegal de depósitos públicos o absorción encubierta de depósitos públicos" según lo estipulado en el artículo 176 de la Ley Penal: (1) Absorber fondos sin la aprobación legal de los departamentos pertinentes o pedir prestado fondos en forma de operaciones legítimas; (2) Publicidad pública al público a través de los medios de comunicación, reuniones de promoción, folletos, mensajes de texto de teléfonos móviles, etc.; (3) Compromiso de ganar dinero o en especie dentro de un cierto período de tiempo, capital y otros medios para pagar el capital y los intereses o proporcionar rendimientos (4) Absorber fondos del público, que es decir, objetos no especificados en la sociedad. Absorber fondos para objetos específicos de familiares, amigos o dentro de la unidad sin publicidad al público no constituye absorción ilegal o absorción encubierta de depósitos públicos. Objetivo legal:
Para quienes absorben depósitos ilegalmente por chantaje de parte. depositantes, Calificación y manejo En la práctica, algunas cuentas de depósito grandes a menudo amenazan a sus bancos depositantes u otras instituciones financieras "eliminando" depósitos, exigiéndoles que aumenten la tasa de interés de sus depósitos lo antes posible o paguen parte de la diferencia de intereses; por adelantado o proporcionar varios coches o el derecho de uso de la casa, etc. Algunos bancos u otras instituciones financieras, especialmente los bancos con poca eficiencia o "puertos", tienen que ceder para preservar sus cuotas de depósitos. Para esta situación, no existe una disposición expresa en la legislación. En cuanto a los métodos de manejo, existen al menos las siguientes tres opciones para elegir: Primero, ambas partes son condenadas y ambas son tipificadas como este delito, es decir, ambas partes. constituye un acto ilícito. La esencia de este delito es que una persona con estatus comete este delito, por lo tanto, el depositante debe ser clasificado como principal infractor porque tiene personalidad jurídica y el depositante debe ser clasificado como cómplice porque no tiene personalidad jurídica. , el depositante debe ser clasificado como cómplice del delito de solicitar soborno y el depositante no es culpable de "ofrecer soborno" porque fue solicitado para soborno. En tercer lugar, ambas partes son condenadas, pero ambas partes son consideradas co-infractoras. Es decir, aunque ambas partes siguen siendo delincuentes, no son delincuentes del mismo delito, sino que son delincuentes opuestos (también llamados delincuentes conjuntos) entre delincuentes conjuntos que son el objetivo de los delitos de cada uno. En este tipo de confluencia de delincuentes, los delitos cometidos por cada parte suelen ser diferentes. Por ejemplo, en el caso de este delito, la parte que toma los depósitos comete el delito de unidad que absorbe ilegalmente depósitos públicos, mientras que la parte que pide sobornos comete el delito de unidad (o individuo) de solicitar sobornos; Entre los tres métodos de caracterización, creemos que el tercer método es más razonable y legal. Porque: El primer método de manejo es incompatible con las características de comportamiento del depositante. El hecho es que el depositante que pidió un soborno no hizo nada para ayudarlo a participar en la recepción de depósitos ilegales. Según el segundo método, si los perpetradores que reciben dinero ilegalmente porque los depositantes piden sobornos no son castigados como delitos, esto también es inconsistente con la teoría básica del derecho penal. Porque la esencia de la absorción ilegal de depósitos es la absorción ilegal de depósitos mediante soborno, y según el artículo 393 de esta Ley, quienes se vean obligados a pagar sobornos por extorsión no constituirán delito sólo si "no han obtenido beneficios indebidos". Delito de cohecho. En cambio, en este caso, cuando el depositante fue chantajeado para obtener depósitos, no dudó en "vender" las leyes nacionales y se atrevió a aumentar directamente o disfrazadamente el tipo de interés legal del banco central para obtener los depósitos de hogares numerosos. Este tipo de "intereses" no tiene absolutamente ninguna justificación. Por lo tanto, en este caso, el depositante no puede declararse inocente alegando que ha sido "chantajeado". En el mejor de los casos, puede utilizar esto como defensa contra el perpetrador. Caracterización y tratamiento de quienes absorben depósitos ilegalmente cambiando de trabajo, consiguiendo empleo para los hijos de grandes hogares de depósitos, etc. Actualmente, algunos bancos suelen utilizar métodos como conseguir empleo para los hijos de grandes hogares de depósitos (se refiere principalmente a contratar al representante legal de la unidad y personas relevantes con derechos que puedan determinar los depositantes de la unidad) o los hijos de aquellos que están directamente a cargo de la gestión de operaciones de depósito) para solicitar depósitos trabajando en bancos para aquellos cuyos hijos ya están empleados, algún depósito; Los partidos tomadores reclutan además a sus hijos para que trabajen en el banco como cebo, etc. La solicitud de depósitos de esta manera es ciertamente un acto de captación de depósitos "ilegal", pero todavía hay lugar para debatir si este comportamiento puede clasificarse como un delito de captación de depósitos ilegal. Esto se debe a que los elementos conductuales de este delito no son sólo la captación ilegal de depósitos, sino también actos más graves de "perturbación del orden financiero". El comportamiento ilegal de captación de depósitos antes mencionado ciertamente altera el orden financiero, pero en comparación con el comportamiento de aumentar o aumentar encubiertamente la tasa de interés nacional, y el comportamiento de absorber depósitos ilegalmente pretendiendo ser una entidad financiera con autoridad para aceptar depósitos , los dos últimos son más perjudiciales para la situación. La destrucción del orden financiero es obviamente más directa y grave, por lo que es natural tipificar los dos últimos como delitos y castigarlos con sanciones penales. Es necesario acumular experiencia en la práctica judicial antes de solucionar la absorción ilegal de depósitos mediante cambios de trabajo, búsqueda de empleo para los hijos de grandes depositantes, etc. El uso ilegal de préstamos para atraer depósitos mediante la "circulación extracorpórea" se aborda como se describe anteriormente. Si alguien utiliza préstamos para atraer depósitos de esta manera y, como resultado, "causa grandes pérdidas", su comportamiento viola las disposiciones del artículo 187. de esta Ley. El delito de utilización de fondos no contabilizados de clientes para otorgar y otorgar préstamos ilegalmente. De esta manera, el comportamiento ilegal del actor de absorber depósitos ha violado dos delitos, lo que se ajusta a las características de un delincuente implicado en el derecho penal y debe ser castigado desde el primer nivel de acuerdo con los principios de trato con los delincuentes implicados.
Desde la perspectiva de las sanciones legales, las penas legales por el delito de préstamo y concesión ilegal de préstamos son relativamente más severas. Por lo tanto, este comportamiento puede determinarse como delito de concesión ilegal de préstamos en función de las circunstancias penales específicas, y se puede determinar la pena. según las sanciones legales del artículo 187. Límite entre este delito y el no delito Para distinguir este delito del no delito, se deben considerar principalmente los siguientes tres factores: (1) La cantidad de depósitos del público. Si el monto de los depósitos tomados del público es relativamente pequeño, las circunstancias son “evidentes, menores y el daño no es grave”, y según lo dispuesto en el artículo 13 de esta Ley, no constituye delito. (2) Si es intencional. Si no se hace intencionalmente, no constituye delito. (3) Si viola leyes y regulaciones. Si no hay violación de leyes y reglamentos, no constituye delito. Si el autor aumenta el tipo de interés para absorber depósitos públicos dentro del rango permitido por las leyes y reglamentos, no se puede considerar que constituya un delito. La diferencia entre este delito y el delito de estafa es: (1) El objeto de la infracción y el objeto del delito son diferentes. El objeto de la infracción del primero es el sistema de gestión financiera nacional, y el objeto del delito son los depósitos públicos; el objeto de la infracción del segundo es la propiedad de bienes públicos y privados, y el objeto del delito puede ser cualquier bien. (2) Los aspectos objetivos son diferentes. El primero incluye el uso de métodos engañosos para absorber depósitos públicos, y también incluye el uso de coerción, incentivos y otros métodos para absorber depósitos públicos; el segundo sólo se manifiesta en la obtención de propiedades mediante métodos engañosos como la fabricación de hechos u ocultación de la verdad; (3) Los aspectos subjetivos son diferentes. El primero no tiene por objeto la posesión ilícita; el segundo debe tener por objeto la posesión ilícita. (4) Los requisitos principales son diferentes. Las primeras pueden estar compuestas por personas físicas o unidades; las segundas sólo pueden estar compuestas por personas físicas. La diferencia entre este delito y el delito de establecimiento no autorizado de instituciones financieras es que existe una cierta conexión entre el delito de absorción ilegal de depósitos públicos y el delito de establecimiento no autorizado de instituciones financieras. Algunas personas que establecen instituciones financieras sin autorización también absorben ilegalmente. depósitos, mientras que la absorción ilegal de depósitos también es obra de instituciones financieras establecidas sin autorización, algunas primero establecen instituciones financieras sin autorización y luego absorben ilegalmente depósitos del público, o el propósito de establecer instituciones financieras sin autorización es absorber ilegalmente depósitos del público; público Por lo tanto, cuando los órganos judiciales manejan casos específicos, se debe tener cuidado en distinguir estos dos delitos diferentes. El delito de establecimiento ilegal de una institución financiera y el delito de absorción ilegal de depósitos tienen diferentes composiciones penales. Se debe tener cuidado de distinguir las diferencias entre los dos delitos. Si el delito constituye múltiples delitos, el delito se castigará de conformidad con las disposiciones. de castigo concurrente por múltiples delitos.