¿Puedo agregar algo a la transcripción que firmé en la corte?
Análisis legal: Las transcripciones de los juicios no pueden modificarse a voluntad. Sólo si las partes creen que existen omisiones o errores en los registros, podrán solicitar complementos o correcciones. Este tema debe verse desde dos aspectos. Primero, si acaba de firmar la transcripción sin encontrar ningún problema, si encuentra alguna objeción en este momento, puede plantearla y pedirle a la persona que grabó la transcripción que la modifique; Si ha revisado la transcripción usted mismo y no ha planteado ninguna objeción, las transcripciones que se hayan recopilado varios días después de la firma no se pueden modificar.
Base jurídica: Artículo 147 de la “Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China” El secretario judicial hará constar todas las actividades del juicio en el acta, la cual será preparada por los jueces y el signo de empleado. Las transcripciones judiciales se leerán en el tribunal y también se podrá notificar a las partes y a otros participantes en el litigio para que las lean en el tribunal o en un plazo de cinco días. Si las partes y otros participantes en el litigio creen que hay omisiones o errores en sus registros de declaraciones, tienen derecho a solicitar correcciones. Si no se hacen correcciones, se debe registrar la solicitud. Las transcripciones judiciales deberán ser firmadas o selladas por las partes y otros participantes en el litigio. Si la persona se negare a firmar o sellar, se hará constar la situación y se adjuntará al expediente.