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Definición legal de transportista

Análisis jurídico: El cargador se refiere a:

1. La persona que celebra un contrato de transporte marítimo de carga con el porteador en nombre propio o por cuenta o por cuenta de éste;

2. Persona que personalmente o encomienda a otra la entrega de las mercancías al porteador relacionadas con el contrato de transporte de mercancías por vía marítima en nombre propio o por cuenta de éste.

Base jurídica: "Derecho Marítimo y Comercial de la República Popular China" Artículo 42 El significado de los siguientes términos en este capítulo:

(1) "Transportista" se refiere al Persona o Persona que encomienda a otra persona la celebración de un contrato de transporte marítimo de carga con el cargador en su propio nombre.

(2) "Transportista real" se refiere a la persona que acepta el encargo del transportista para realizar el transporte de mercancías o parte del transporte, incluidas otras personas que aceptan el encargo para realizar dicho transporte. .

(3) "Remitente" se refiere a:

1. La persona que celebra un contrato de transporte marítimo de carga con el porteador en nombre propio o por cuenta o por cuenta de éste;

2. Persona que personalmente o encomienda a otra la entrega de las mercancías al porteador relacionadas con el contrato de transporte de mercancías por vía marítima en nombre propio o por cuenta de éste.

(4) "Destinatario" se refiere a la persona que tiene derecho a recibir la mercancía.

(5) "Bienes" incluye animales vivos y contenedores, paletas o dispositivos de envío similares proporcionados por el transportista con el fin de consolidar los bienes.