Colección de citas famosas - Frases motivadoras - Aviso del Ministerio de Cultura y la Administración Estatal de Patrimonio Cultural sobre la emisión de las “Medidas de Prueba para la Auditoría de Cuenta Final y Verificación de Fondos Especiales de Subsidio para la Protección de Bienes Culturales Clave Nacionales”

Aviso del Ministerio de Cultura y la Administración Estatal de Patrimonio Cultural sobre la emisión de las “Medidas de Prueba para la Auditoría de Cuenta Final y Verificación de Fondos Especiales de Subsidio para la Protección de Bienes Culturales Clave Nacionales”

Artículo 1 Con el fin de fortalecer la supervisión de auditoría de los fondos de subsidio especiales para la protección de reliquias culturales clave nacionales (en lo sucesivo denominados "fondos de subsidio especiales nacionales"), estas Medidas se formulan con el consentimiento de la Oficina Nacional de Auditoría. Artículo 2 Estas medidas se aplican a las unidades de protección de reliquias culturales y museos que utilizan fondos nacionales de subsidio especial para mantenimiento y rescate (en adelante, unidades usuarias). Artículo 3 La revisión de las cuentas finales de los fondos nacionales de subvenciones especiales se llevará a cabo de conformidad con las normas nacionales de auditoría pertinentes y las medidas de gestión pertinentes emitidas por el Ministerio de Finanzas y la Administración Estatal del Patrimonio Cultural. Artículo 4 Una vez completado el proyecto de mantenimiento y rescate, la unidad que utiliza los fondos preparará las cuentas financieras finales de manera oportuna y las presentará activamente a la agencia de auditoría del departamento de reliquias culturales local o confiará a una agencia de auditoría a nivel provincial o superior. y una agencia de auditoría social reconocida por el departamento financiero (es decir, una empresa de auditoría o una empresa de contabilidad) realiza una auditoría. Las unidades que utilizan fondos deben proporcionar información relacionada con la auditoría. Artículo 5 Los principales contenidos de la verificación de auditoría son:

(1) Si la base para preparar las cuentas finales cumple con las regulaciones nacionales pertinentes, si la información está completa, si los procedimientos están completos y si el estado limpio El trabajo de preparación es completo y minucioso.

(2) Si el proyecto de mantenimiento y rescate se implementa de acuerdo con el plan aprobado y si se ejecuta estrictamente de acuerdo con el presupuesto aprobado.

(3) Si los proyectos de mantenimiento y salvamento están destinados a fines especiales, si hay malversación de fondos nacionales de subsidio especial o compensación de gastos de gestión, o si se utilizan para comprar activos fijos y materiales de construcción sin aprobación. y si hay pérdidas económicas importantes.

(4) Si el contenido del costo se ajusta al alcance y los proyectos especificados, si se amplían los estándares de gasto y si la contabilidad de costos es correcta.

(5) Una vez completado el proyecto, si los fondos restantes se entregarán al departamento provincial de reliquias culturales.

(6) Otras materias relacionadas con el uso y manejo de los fondos nacionales especiales de subsidio. Artículo 6 Las agencias de auditoría u organizaciones de auditoría social responsables de la verificación de la auditoría deben implementar concienzudamente la Ley de Auditoría y otras leyes y reglamentos de auditoría pertinentes, adherirse a los principios de auditoría de conformidad con la ley, buscar la verdad a partir de los hechos y ser objetivos y justos. , seguir estrictamente los procedimientos de auditoría y prestar atención al conservadurismo en el trabajo de reliquias culturales. Artículo 7 Después de que la organización de auditoría social audite los asuntos de auditoría, deberá presentar un informe de auditoría de acuerdo con las regulaciones y será responsable de la exactitud y legalidad del contenido del informe. Artículo 8 La unidad que utiliza los fondos deberá manejar los asuntos enumerados en el informe de auditoría de manera oportuna de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Artículo 9 Al presentar las cuentas financieras finales y los informes del proyecto al departamento provincial de reliquias culturales, la unidad que utiliza los fondos también deberá presentar una copia del informe de auditoría. Las unidades que utilizan fondos y las autoridades provinciales de reliquias culturales deben conservar adecuadamente el informe de auditoría o una copia del informe para referencia futura. Artículo 10 El departamento administrativo provincial de bienes culturales auditará las unidades que violen gravemente las disciplinas y enviará una copia de los resultados a la Administración Estatal del Patrimonio Cultural y a la Oficina de Auditoría de la Oficina de Auditoría del Ministerio de Cultura. Artículo 11 Las unidades que violen las disposiciones de estas Medidas serán tratadas por el departamento provincial de reliquias culturales. Se debe enviar una copia de la situación de manejo a la Administración Estatal de Patrimonio Cultural y a la Oficina de Auditoría del Ministerio de Cultura. Artículo 12 La agencia de auditoría del departamento provincial de reliquias culturales auditará los estados financieros de la unidad según sea necesario. Para asuntos importantes de auditoría, la Oficina Nacional de Auditoría de la Oficina de Auditoría del Ministerio de Cultura puede auditar directamente. Las unidades cuyas cuentas finales ya hayan sido auditadas por la agencia de auditoría ya no necesitan realizar una verificación de auditoría. Artículo 13: Para la revisión y verificación de los fondos especiales de subsidio para la protección de reliquias culturales locales dispuestos a nivel provincial y a nivel provincial, todas las localidades podrán referirse a estas medidas. Artículo 14 El Ministerio de Cultura es responsable de la interpretación de estas Medidas. Artículo 15 Estas Medidas entrarán en vigor el 6 de julio de 1995.