Colección de citas famosas - Colección de consignas - Nueva política de planificación familiar de Mongolia Interior 2014

Nueva política de planificación familiar de Mongolia Interior 2014

De acuerdo con el "Reglamento de población y planificación familiar de la Región Autónoma de Mongolia Interior"

Capítulo 3, artículo 19: Ciudadanos mongoles, una pareja puede tener dos hijos. Si tanto el marido como la mujer tienen un registro de hogar no urbano y se dedican a la producción agrícola y ganadera, y tienen dos hijos, ambas niñas, pueden tener un tercer hijo con aprobación.

Ciudadanos de las etnias Daur, Ewenki y Oroqen abogan por la eugenesia y reducirán adecuadamente el número de niños que requieran control de la natalidad; se les proporcionarán servicios técnicos.

Los ciudadanos de otras minorías étnicas (aquellas con una población total inferior a 10 millones en el país) pueden tener dos hijos por pareja.

Artículo 20: Las parejas casadas que se vuelvan a casar y cumplan cualquiera de las siguientes circunstancias podrán tener otro hijo previa aprobación:

(1) Ciudadanos de nacionalidad Han, una de las partes no haya dado a luz a un hijo y la otra parte ha dado a luz a un hijo o una viuda que ha dado a luz a dos hijos;

(2) Ciudadanos de minorías étnicas, una de las partes no tiene hijos y la otra parte ha dado a luz. a dos hijos;

(3) Tanto el marido como la mujer son ciudadanos de minorías étnicas y cada uno ha dado a luz a un hijo.

Artículo 21: Para los ciudadanos Han que dan a luz a un segundo hijo de acuerdo con las disposiciones de estas regulaciones, el intervalo entre partos debe ser no inferior a cuatro años; para los ciudadanos de minorías étnicas, el intervalo entre partos debe ser; nada menos que tres años.

Si la mujer tiene 24 años o más y ha dado a luz a su primer hijo, el intervalo entre el nacimiento del segundo y los siguientes no deberá ser inferior a dos años.

Artículo 22: El marido y la mujer pertenecen a dos grupos étnicos y pueden optar independientemente por aplicar las normas de fecundidad de un grupo étnico.

Artículo 23: Las parejas que tengan su primer hijo de conformidad con las disposiciones de este reglamento deberán acudir a Sumu, al gobierno popular del municipio o a la oficina del subdistrito para registrar su nacimiento dentro de los 60 días posteriores al nacimiento.