Colección de citas famosas - Colección de consignas - ¿Necesito recibir personalmente el aviso de presentación del arbitraje laboral?
¿Necesito recibir personalmente el aviso de presentación del arbitraje laboral?
No, puedes pedirle a alguien que lo recoja por ti. No recibió el aviso de admisión cuando solicitó el arbitraje laboral. El solicitante se refiere aquí a la persona encargada. Si se confía a un ciudadano, el poder debe presentarse personalmente al tribunal arbitral. Si confía en un abogado, simplemente realice los trámites en el bufete de abogados.
Base Legal
Artículo 29 de la “Ley de Mediación y Arbitraje de Conflictos Laborales”
La Comisión de Arbitraje de Conflictos Laborales deberá, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de arbitraje, si se considera que la solicitud cumple con las condiciones de aceptación, la aceptará y notificará al solicitante; si no cumple con las condiciones de aceptación, le notificará por escrito que no aceptará; la solicitud y explicar los motivos. Si el comité de arbitraje de conflictos laborales no está satisfecho o no toma una decisión dentro del plazo, el solicitante puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular sobre el conflicto laboral.