Colección de citas famosas - Libros antiguos - La empresa no firmó un contrato y solicité una compensación después de renunciar.

La empresa no firmó un contrato y solicité una compensación después de renunciar.

La empresa no ha firmado un contrato y pregunta si se le puede compensar tras dimitir.

La empresa no ha firmado un contrato y se le pregunta si se puede compensar tras dimitir. El empleado establece una relación laboral con la empresa o unidad. Es necesario firmar un contrato laboral y no se puede concluir verbalmente. Entonces, si la empresa no firma el contrato y renuncia, ¿puede la empresa compensar al empleado? ¿Tiene la empresa derecho a una indemnización tras renunciar voluntariamente sin firmar contrato 1

¿Existe alguna compensación por renunciar voluntariamente sin firmar contrato laboral

1. Doble indemnización salarial y cese del contrato? relación laboral sin firma de contrato laboral. No existe vinculación con la causa. Independientemente del motivo por el cual se termina la relación laboral entre el empleado y el empleador, el empleado puede reclamar el doble de salario. Si un empleado renuncia voluntariamente, no recibirá compensación alguna por terminar la relación laboral.

2. Si el empleador no se presenta a trabajar, dará por terminada la relación laboral en nombre del ausentismo. Si bien la unidad necesita demostrar la legalidad de las normas y reglamentos, también debe demostrar el hecho de que existe ausentismo.

Cuando un empleador termina la relación laboral por tales motivos, generalmente enfrentará el riesgo de pagar una doble compensación al empleado por terminación ilegal de la relación laboral.

Si el empleado tiene pruebas que acrediten la relación laboral, el tiempo de empleo y el período de terminación de la relación laboral, entonces la tasa ganadora de recibir el doble salario durante este período será superior al 90%.

3. Si el empleador renuncia voluntariamente, el empleador no proporcionará compensación financiera, pero no se ha firmado ningún contrato laboral. El empleado puede acudir al departamento de inspección del trabajo para informar la situación. , el empleado puede solicitar arbitraje ante la comisión de arbitraje laboral.

4. Disposiciones legales: Artículo 16 de la “Ley de Contrato de Trabajo” El contrato de trabajo será pactado entre el empleador y el trabajador mediante negociación, y deberá formalizarse en el acto laboral. Texto del contrato entre el empleador y el trabajador firmado o sellado para surtir efecto. El empleador y el empleado conservan cada uno una copia del texto del contrato laboral.

Artículo 10 Para establecer una relación laboral se deberá celebrar un contrato de trabajo por escrito. Si se ha establecido una relación laboral pero al mismo tiempo no se ha celebrado un contrato laboral escrito, se debe celebrar un contrato laboral escrito dentro de un mes a partir de la fecha de empleo. Si el empleador y el empleado celebran un contrato de trabajo antes del empleo, la relación laboral se establecerá a partir de la fecha del empleo.

Artículo 82 Si el empleador no celebra un contrato de trabajo escrito con el empleado durante más de un mes pero menos de un año a partir de la fecha de empleo, deberá pagar el doble del salario mensual al empleado

Si un empleador viola las disposiciones de esta Ley y no celebra un contrato de trabajo por tiempo indefinido con un empleado, deberá pagarle el doble del salario mensual a partir de la fecha en que deba formalizarse el contrato de trabajo por tiempo indefinido. concluyó. ¿Puede la empresa indemnizarme si renuncio sin firmar un contrato 2

¿Existe alguna compensación por renunciar voluntariamente sin firmar un contrato

El empleado y el empleador no han firmado un contrato laboral? contrato, y el empleado renuncia voluntariamente. Por lo tanto, si se causan pérdidas al empleador, el empleado no será compensado y será responsable de la indemnización.

Si el empleador no tiene culpa, si el empleado propone rescindir el contrato de trabajo, el contrato de trabajo deberá rescindirse de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo. El empleado puede rescindir el contrato de trabajo mediante. Notificándolo al empleador por escrito con 30 días de anticipación. Durante el período de prueba, el empleado puede rescindir el contrato de trabajo notificándolo al empleador con tres días de anticipación.

Los trabajadores pueden reclamar al empleador el doble de salario a partir del segundo mes sin firmar contrato laboral, hasta por 11 meses.

“Ley de Mediación y Arbitraje de Conflictos Laborales”

Artículo 27, el plazo de prescripción para solicitar el arbitraje de conflictos laborales es de un año. El plazo de prescripción del arbitraje se computa a partir de la fecha en que las partes supieron o debieron haber sabido que sus derechos habían sido vulnerados.

El plazo de prescripción del arbitraje especificado en el párrafo anterior se interrumpirá porque una parte haga valer derechos frente a la otra, o solicite compensación de derechos al departamento correspondiente, o la otra parte se comprometa a cumplir con sus obligaciones. A partir del momento de la interrupción se volverá a calcular el plazo de prescripción del arbitraje.

Si una parte no puede solicitar el arbitraje dentro del plazo de prescripción del arbitraje estipulado en el apartado 1 de este artículo debido a fuerza mayor u otras razones legítimas, el plazo de prescripción del arbitraje quedará suspendido.

El plazo de prescripción del arbitraje seguirá computándose a partir de la fecha en que se elimine el motivo de suspensión del plazo de prescripción.

Si un conflicto surge por atrasos en las remuneraciones laborales durante la existencia de la relación laboral, la solicitud de arbitraje del empleado no estará restringida por el plazo de prescripción del arbitraje estipulado en el párrafo 1 de este artículo, sin embargo, si; Se extingue la relación laboral, la relación laboral se extinguirá a partir de la fecha de terminación de la relación laboral Presentarse dentro del plazo de un año a partir de la fecha de la solicitud.

"Reglamento para la Aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo"

Artículo 6: El empleador no ha celebrado un contrato con el empleado por más de un mes y menos de un año desde la fecha de empleo Si existe un contrato de trabajo escrito, se le pagará al empleado el doble del salario mensual de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley de Contrato de Trabajo, y se celebrará un contrato de trabajo escrito. con el empleado;

El empleado no estará de acuerdo con el empleador. Si una unidad celebra un contrato laboral escrito, el empleador deberá notificar al empleado por escrito para terminar la relación laboral y pagar una compensación económica de conformidad con el artículo. 47 de la Ley de Contrato de Trabajo.

La hora de inicio para que el empleador pague el doble del salario mensual al empleado como se especifica en el párrafo anterior es el día después de un mes de la fecha de empleo, y la fecha límite es el día anterior a la fecha de trabajo escrita. Se complementa el contrato.

Artículo 7: Si el empleador no concluye un contrato de trabajo escrito con el empleado durante un año a partir de la fecha de empleo, el período desde el día después de un mes desde la fecha de empleo hasta el día anterior a uno año será Al empleado se le pagará el doble del salario mensual de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley de Contrato de Trabajo

y se considerará que ha celebrado un contrato de duración indefinida con el empleado en el día en que haya transcurrido un año desde la fecha de empleo. El contrato de trabajo se complementará inmediatamente con un contrato de trabajo escrito con el empleado.

“Ley de Contrato de Trabajo”

Artículo 37: Un trabajador podrá rescindir un contrato de trabajo notificándolo por escrito al empleador con 30 días de anticipación. Durante el período de prueba, el empleado puede rescindir el contrato de trabajo notificándolo al empleador con tres días de anticipación.

Artículo 39: El empleador podrá rescindir el contrato de trabajo si el empleado concurre alguna de las siguientes circunstancias:

(1) Se demuestra que el empleado no cumple con las condiciones de empleo durante el período de prueba. período;

(2) Violación grave de las normas y reglamentos del empleador

(3) Negligencia grave en el cumplimiento del deber, negligencia para beneficio personal, que cause daños importantes al empleador

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(4) El empleado establece relaciones laborales con otros empleadores al mismo tiempo, lo que afecta gravemente la realización de las tareas laborales del empleador, o se niega a hacer correcciones después de que el empleador lo propone

(5) Por el artículo 1 de esta Ley Las circunstancias señaladas en el primer párrafo del artículo 26 invalidan el contrato de trabajo

(6) Ser penalmente responsable conforme a la ley;

Artículo 90: Si un empleado viola las disposiciones de esta Ley al rescindir el contrato de trabajo, o viola la obligación de confidencialidad o las restricciones de no competencia estipuladas en el contrato de trabajo, causando pérdidas al empleador, deberá ser responsable de la indemnización. ¿Es posible compensar a la empresa por dimitir sin firmar contrato 3

1. ¿Existe alguna compensación por dimitir sin firmar contrato

¿Existe alguna compensación por dimitir sin firmar? un contrato? Si no se concluye un contrato escrito por culpa del empleador, se celebrará un contrato de trabajo escrito dentro de un mes a partir de la fecha de empleo.

Si el contrato no se ha celebrado entre el empleador y el trabajador por más de un mes y menos de un año, se pagará al trabajador el doble del salario cada mes.

Si; Si el contrato se hubiera celebrado por más de un año, se considerará que el empleador y el trabajador no han celebrado ningún contrato de trabajo de duración determinada. Si la unidad se niega a firmarlo después de más de un año, se considerará que ha firmado un contrato laboral indefinido y podrá acudir al equipo (equipo) de inspección laboral para presentar una denuncia o solicitar un arbitraje laboral. estos documentos para acreditar la relación laboral: hojas de asistencia, pases de entrada y salida, tarjeta de empleado, permiso de trabajo, testimonio del trabajador, etc.

2. ¿Qué es la compensación económica?

Es la compensación económica que se otorga a los trabajadores cuando el empleador rescinde el contrato de trabajo. La compensación económica es un subsidio económico único que el empleador paga al empleado de acuerdo con la ley después de la terminación o rescisión del contrato laboral.

La legislación de nuestro país se denomina generalmente “compensación económica”, el Código del Trabajo francés se denomina “indemnización por despido” y el Código del Trabajo ruso se denomina “indemnización por despido”.

La legislación laboral de mi país y las “Medidas de Compensación Económica por Violación y Terminación de Contratos Laborales” emitidas por el Ministerio de Trabajo en 1994 (en adelante denominadas las “Medidas de Compensación Económica”) estipulan que cuando un empleador rescinde un contrato de trabajo con un empleado, una determinada cantidad de compensación económica debe pagarse en una sola suma de acuerdo con ciertas normas.

3. Normas de remuneración

La compensación económica se paga a los trabajadores en función del número de años que hayan trabajado en la unidad, con un mes de salario por cada año completo. Si el plazo es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario.

Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio de los empleados de la región en el año anterior anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde se encuentra el empleador, el estándar de La compensación económica pagada al empleado se basará en el salario mensual promedio de los empleados. El empleado recibirá el triple del salario y el número máximo de años por los cuales se pagará la compensación financiera no excederá de doce años.