¿Quién tiene mayor responsabilidad, el prestatario o el garante?
Entre el prestatario y el garante, el prestatario tiene mayor responsabilidad que el garante. En concreto, la responsabilidad del prestamista después del préstamo es mayor que la del garante. Si el prestamista se niega a pagar el préstamo, aunque la deuda correrá a cargo del garante, el garante tiene derecho a recuperar del prestamista después de asumir la deuda. deuda. Por lo tanto, el prestatario es más responsable. La responsabilidad del garante está subordinada a la del prestatario, que es el principal portador de la deuda.
Cuando el deudor no puede cumplir con sus obligaciones de pago del préstamo, el garante del préstamo debe asumir la responsabilidad de la garantía, es decir, debe asumir la responsabilidad de pago dentro del alcance del monto de la garantía. Las garantías se dividen en garantías generales y garantías solidarias. Si no hay acuerdo sobre la forma de la garantía, la responsabilidad se considerará solidaria. Una vez vencidos los derechos del acreedor, éste puede optar por exigir que el deudor y el garante conjunto asuman la responsabilidad de reembolso.
Las responsabilidades que asumen los avalistas de préstamos bancarios se dividen en garantías generales y garantías de responsabilidad solidaria. Garantía general significa que cuando el prestatario aún no puede soportar la deuda a través de un litigio, el garante debe asumir el pasivo de garantía solidariamente significa que el acreedor puede exigir que el prestatario o el garante asuma la responsabilidad, independientemente de la capacidad o del prestatario; falta de capacidad.
Base jurídica: Artículo 688 de la “República Popular China y Código Civil”
Si las partes acuerdan en el contrato de garantía que el garante y el deudor asumirán la responsabilidad solidaria para la deuda, Garantía de responsabilidad solidaria.
Cuando el deudor en garantía solidaria incumple el cumplimiento de la deuda vencida o se produce una situación estipulada por las partes, el acreedor podrá solicitar al deudor el cumplimiento de la deuda o solicitar al garante que asuma la responsabilidad de la garantía dentro de el alcance de su garantía.