Colección de citas famosas - Colección de máximas - ¿Cuál es la diferencia entre las regalías de un escritor y los honorarios laborales? ¿Y quién pagará directamente al guionista?
¿Cuál es la diferencia entre las regalías de un escritor y los honorarios laborales? ¿Y quién pagará directamente al guionista?
Artículo 1 del Reglamento de la Administración Nacional de Derechos de Autor sobre Remuneración Editorial Con el fin de proteger los derechos de autor de los autores de obras escritas, salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los editores de obras escritas y promover la creación y difusión de obras escritas, este reglamento se formulado de acuerdo con la Ley de Derecho de Autor de la República Popular China. Artículo 2 Este reglamento sólo se aplica a los trabajos escritos publicados en soporte papel. Artículo 3 A menos que el propietario de los derechos de autor y el editor acuerden lo contrario, las editoriales, periódicos y revistas que publiquen obras literarias pagarán una remuneración al propietario de los derechos de autor de acuerdo con este reglamento. Artículo 4 El pago de los derechos podrá realizarse en forma de derechos básicos más el número de copias, comisión o pago único. Las regalías básicas más las regalías de impresión significan que la editorial paga al autor ciertas regalías (es decir, regalías básicas) en función del número de palabras de la obra, y luego paga al titular de los derechos de autor una cierta proporción de las regalías básicas (es decir, regalías de impresión) en función de el número de ejemplares del libro. Cuando se reimprime una obra, sólo se paga una pequeña cantidad de regalías y no se pagan regalías básicas. Las regalías se refieren al pago que el editor hace al autor en forma de precio del libro × número de copias × tasa impositiva de edición. Pago único significa que el editor calcula la remuneración en función de la calidad, extensión y valor económico de la obra y la paga al autor en un solo pago. Las regalías no se aplican a los libros de texto de educación obligatoria de nueve años, los libros de texto de planificación nacional, las colecciones de reglamentos, los libros de estudio o examen designados, etc., que se imprimen y distribuyen en grandes cantidades por medios administrativos. Sólo se aplican pagos únicos por publicación en periódicos. Artículo 5 Cuando un editor de libros publique una obra, acordará la forma y la norma de pago con el titular de los derechos de autor en el contrato de publicación. Artículo 6 Normas básicas de remuneración: (1) Obras originales: de 30 a 100 yuanes por 1.000 palabras; (2) Obras interpretativas: (1) Adaptación: de 10 a 50 yuanes por 1.000 palabras (2) Compilación: 3 por 1.000 palabras a 10; yuanes; (3) Traducción: 20 a 20 yuanes por mil palabras. Al publicar una obra derivada, a menos que se acuerde lo contrario en el contrato o que la obra original haya pasado al dominio público, el editor también deberá obtener la autorización del autor de la obra original y pagar una remuneración al titular de los derechos de autor de la obra original de conformidad con el Normas básicas de remuneración por el trabajo original. Artículo 7 La remuneración básica se calcula en mil palabras y la parte inferior a mil palabras se calcula en mil palabras. El recuento de palabras pagadas se calcula en función del texto real, que es la cantidad de palabras por línea del diseño impreso multiplicada por la cantidad de líneas reales. Si el final tiene menos de una línea o el nombre de la línea está ocupado, se contará como una línea. Cada 10 líneas de poesía cuentan como 1.000 palabras. Cada obra con menos de 10 líneas se computará como 10 líneas. Las obras del diccionario se calculan en función de la cantidad de palabras convertidas a partir del formato de dos columnas. Las obras no chinas generalmente se pagan según el estándar del 80% del número de caracteres chinos en el mismo diseño y tamaño. Si el trabajo publicado en periódicos y revistas tiene menos de 500 palabras, se computará como 1.000 palabras; si tiene más de 500 palabras pero menos de 1.000 palabras, se computará como 1.000 palabras. Artículo 8 La norma y método de cálculo de los derechos de impresión es que por cada mil ejemplares impresos se pagará una determinada proporción de los derechos básicos. Si el número es inferior a 1.000 ejemplares, se contabilizará como 1.000 ejemplares. Tanto las obras originales como las derivadas se pagan al 1% de las regalías básicas. Si el número acumulado anual de libros de texto de educación obligatoria de nueve años supera los 65.438+ millones de ejemplares, el exceso se pagará al 0,2% de la remuneración básica; se utilizan medios administrativos para imprimir y distribuir grandes cantidades de libros de texto de planificación nacional, compilaciones legales, designadas; libros de estudio o examen y otras obras, y el volumen acumulado anual. Si el volumen excede de 654,38 millones de ejemplares, el exceso se pagará al 0,3% de las regalías básicas. Artículo 9 Normas de regalías y métodos de cálculo Tasas de impuesto de versión: (1) Obras originales: 3% a 10% (2) Obras derivadas: 1% a 7% para obras derivadas publicadas por editores. A menos que se acuerde lo contrario en el contrato o que la obra original haya pasado al dominio público, el editor también deberá obtener la autorización del titular de los derechos de autor de la obra original y pagar una remuneración al titular de los derechos de autor de la obra original de acuerdo con la tasa de regalías de la obra original. Artículo 10 Normas de pago único Las normas de pago único podrán implementarse con referencia a las normas y métodos estipulados en los artículos 6 y 7 de este reglamento. Artículo 11 Si se adopta el método de pago de regalías básicas más el número de copias, el propietario de los derechos de autor puede estipular en el contrato con el editor que el editor pagará entre el 30% y el 50% de las regalías totales por adelantado al entregar la obra. Salvo pacto en contrario en el contrato, una vez publicada la obra, el editor deberá pagar toda la remuneración en el plazo de seis meses. Si la obra se reimprime, la tasa de reimpresión se pagará dentro de los seis meses siguientes a la reimpresión. Artículo 12 Si la remuneración se paga en forma de regalías, el propietario de los derechos de autor podrá estipular en el contrato con el editor que el editor adelantará una cantidad mínima de regalías al propietario de los derechos de autor al entregar la obra. Una vez publicada la obra, el editor debe liquidar las regalías con el propietario de los derechos de autor al final de cada año. Si la primera publicación tiene menos de 1.000 copias, las regalías se pagarán en base a 1.000 copias, pero las regalías pagadas no se pagarán la próxima vez que se liquiden las regalías. Artículo 13 Si un editor de libros publica una obra sin firmar un contrato escrito con el propietario de los derechos de autor, o si se firma un contrato escrito pero no se acuerda el método de pago y el estándar, y surge una disputa con el propietario de los derechos de autor, el editor de libros deberá seguir las disposiciones del artículo 6 o del artículo 9 de este Reglamento. La remuneración se paga al titular de los derechos de autor por debajo del límite superior de la norma de pago, y las publicaciones no pueden utilizarse como remuneración. Artículo 14 Si una editorial autoriza a otros a publicar sus obras publicadas en el extranjero con el permiso del propietario de los derechos de autor, la editorial deberá pagar el 60% de la remuneración total al propietario de los derechos de autor, a menos que se acuerde lo contrario en el contrato. Artículo 15 Si un editor firma un contrato de publicación con el propietario de los derechos de autor y no puede publicar la obra por razones distintas al propietario de los derechos de autor, el editor deberá pagar al propietario de los derechos de autor una indemnización por daños y perjuicios del 60% de la remuneración por el uso de la obra. de conformidad con el contrato, salvo pacto en contrario en el contrato. Artículo 16 El autor presenta voluntariamente su manuscrito a la editorial del libro, y ésta decidirá en el plazo de seis meses si lo acepta. Por más de seis meses, si el autor no firma, acepta o notifica, el editor presionará Seis.
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