¿Es válido un pagaré con solo un sello oficial y sin firma de una persona jurídica?
Análisis jurídico: Sólo son válidos los pagarés con sello oficial y sin firmas de personas jurídicas. Según las leyes de nuestro país, generalmente se considera válido un pagaré que sólo lleva el sello oficial pero no cuenta con la firma del representante legal. A menos que la unidad alegue que solo emitió un pagaré, pero la contraparte no cumplió con el préstamo ni entregó los bienes, y la contraparte no puede proporcionar evidencia de que cumplió con la obligación con la unidad, el pagaré puede considerarse inválido.
Base jurídica: El artículo 143 de la "República Popular China y del Código Civil" es válido si se cumplen las siguientes condiciones:
(1) El actor tiene las calificaciones adecuadas y la capacidad para conducta civil;
(2) La expresión de la intención es verdadera;
(3) No viola las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos administrativos, y no viola el orden público y buenas costumbres.