Colección de citas famosas - Consulta de diccionarios - ¿Qué debo hacer si mi pareja me engaña y se niega a pagarme?

¿Qué debo hacer si mi pareja me engaña y se niega a pagarme?

Análisis jurídico: 1. Recopilar documentos escritos relacionados con el patrimonio de la sociedad, como libros de contabilidad, documentos de cuentas por cobrar, contratos de contratransferencia, listas de inventario, etc. Todos estos se formaron durante su asociación y la evidencia se solidificó mediante grabaciones secretas, fotografías y grabaciones de video. Por supuesto, los registros de chat y mensajes de texto durante la asociación son pruebas. También puede utilizarse como prueba el testimonio de una tercera persona. Después de clasificar toda la evidencia anterior, averigüe cuánta propiedad de la sociedad hay y cuánto debería obtener. 2. Negociar con la otra parte y negociar con la otra parte con la copia anterior si es necesario. 3. Si la disputa no se puede resolver mediante negociación, presente una demanda directamente ante el tribunal donde se encuentra la otra parte. Mientras sus pruebas sean suficientes, la otra parte no puede eludir su caso. Si la otra parte oculta bienes, puede solicitar al tribunal que haga cumplir los bienes de la otra parte, incluidos efectivo, bienes raíces, automóviles y otros bienes legales. Si el otro cónyuge utiliza los ingresos de su negocio de sociedad de propiedad familiar para gastos familiares, los bienes del otro cónyuge pueden utilizarse como objeto de ejecución.

Base jurídica: “Ley de Sociedades de la República Popular China”

Artículo 80: La persona natural que sea socio comanditario fallece o es declarada muerta conforme a la ley, o una persona jurídica u otra persona que sea un socio comanditario. Si la organización se disuelve, sus sucesores o titulares de derechos pueden obtener las calificaciones de socio comanditario de la sociedad comanditaria de conformidad con la ley.

Artículo 81 Después de que un socio comanditario se retira de la sociedad, será responsable de las deudas de la sociedad comanditaria causadas por motivos anteriores al retiro con los bienes que tomó de la sociedad comanditaria en el momento del retiro.

Artículo 82 Salvo disposición en contrario en el contrato de sociedad, la conversión de un socio colectivo en socio comanditario o de un socio comanditario en socio colectivo estará sujeta al consentimiento unánime de todos los socios.

Artículo 83 Si un socio comanditario se convierte en socio colectivo, responderá solidariamente de las deudas contraídas por la sociedad comanditaria durante su mandato como socio comanditario.

Artículo 84 Si un socio colectivo se convierte en socio comanditario, responderá solidariamente de las deudas contraídas por la sociedad durante su período como socio colectivo.