¿Es válida la copia del contrato?
En cuanto a la validez de la copia del contrato, creo que es válida y debe determinarse junto con otras pruebas. Si falta el contrato original y solo hay una copia disponible, no afectará el establecimiento del contrato, pero el contrato aún se establecerá. Según las disposiciones legales, siempre que las partes del contrato lleguen a un acuerdo, el contrato se establecerá después de la firma del contrato. La pérdida del contrato original no afectará el establecimiento ni la validez legal del contrato. Sin embargo, si surge una disputa debido a la ejecución del contrato en el futuro, se debe presentar una demanda ante el tribunal. De acuerdo con las reglas de prueba, si la otra parte no reconoce la copia del contrato, la parte perdedora lo hará. no podrá entregar el contrato original, lo que afectará negativamente su reclamación.
Objetividad jurídica:
Artículo 70 de "Varias disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre pruebas en litigios civiles" Si una de las partes presenta las siguientes pruebas y la otra parte plantea objeciones pero no hay sin prueba en contrario, el Tribunal Popular deberá confirmar su facultad probatoria: (1) La prueba documental original o copia, fotografía, duplicado o extracto que concuerde con la prueba documental original (2) La prueba física original o copia; foto, vídeo, etc. consistente con la evidencia física original (3) materiales audiovisuales obtenidos legalmente respaldados por otra evidencia, o copias que estén corroboradas con los materiales audiovisuales (4) las partes solicitan al tribunal popular que presente evidencia física o en-; registros de inspección del sitio de acuerdo con los procedimientos legales.