El contrato ha sido sellado y se encontraron errores. ¿Cómo cambiarlo?
Si el contrato ha sido sellado y se encuentra un error, puede negociar con la otra parte para modificarlo. . Un contrato es una expresión de intención mutuamente acordada por ambas partes. Si hay errores en el contenido del contrato, debe comunicarse y coordinarse activamente con la otra parte del contrato, volver a alcanzar el contenido acordado, corregir los errores directamente en el contrato y firmar o sellar los cambios corregidos;
2. Ambas partes también deben corregir los errores firmando un nuevo acuerdo complementario.
Si las leyes y reglamentos administrativos estipulan que los cambios en los contratos requieren procedimientos de aprobación y registro, se aplicarán dichas disposiciones.
Para que tenga efectos jurídicos deben cumplirse las siguientes condiciones:
1. Las partes del contrato tienen la capacidad civil correspondiente;
2. el contrato pertenece a las partes del contrato.
3. El contenido no viola la ley ni los intereses sociales.
4. en el contrato celebrado mediante negociación igualitaria.
Base jurídica:
Código Civil de la República Popular China
Artículo 464
Un contrato es el establecimiento, modificación y terminación de partes civiles Acuerdo sobre relaciones jurídicas civiles.
Los acuerdos sobre relaciones de estatus como matrimonio, adopción y tutela se regirán por las disposiciones legales sobre dichas relaciones de estatus; en caso de no existir disposiciones, podrán aplicarse las disposiciones de esta sección según su naturaleza.
Artículo 543
El contrato podrá modificarse si las partes llegan a un consenso mediante consulta.
Artículo 544
Si las partes no tienen claro el contenido de la modificación del contrato, se presume que el contrato no ha sido modificado.
Artículo 510
Después de la entrada en vigor del contrato, las partes no se ponen de acuerdo o el acuerdo no es claro sobre la calidad, el precio o la remuneración, el lugar de ejecución, etc. , podrán complementar el acuerdo; si no pueden llegar a un acuerdo complementario, se determinará de conformidad con las disposiciones pertinentes del contrato o las prácticas de la transacción.