¿Los médicos que firman en nombre de otros tienen responsabilidad penal?
Subjetividad jurídica:
Necesidad de asumir la responsabilidad. El personal médico debe explicar la afección y las medidas médicas a los pacientes durante las actividades de diagnóstico y tratamiento. Si se requieren operaciones, exámenes especiales o tratamientos especiales, el personal médico debe explicar los riesgos médicos, los planes médicos alternativos, etc. al paciente de manera oportuna y obtener su consentimiento por escrito si no es apropiado explicárselo al paciente; deberá explicárselo a los familiares cercanos del paciente y obtener su consentimiento por escrito.
Ley objetiva:
Artículo 55 del "Reglamento para el Tratamiento de Accidentes Médicos" Si ocurre un accidente médico en una institución médica, el departamento administrativo de salud emitirá una advertencia basada en el grado y las circunstancias del accidente médico; si las circunstancias son graves, se ordenará suspender las operaciones para su rectificación dentro de un plazo hasta que el departamento de licencias original revoque la licencia de práctica. El personal médico responsable será investigado por responsabilidad penal en. de conformidad con las disposiciones de la Ley Penal sobre el delito de accidentes médicos; si no bastare ser sancionado penalmente, se impondrán sanciones administrativas o acciones disciplinarias de conformidad con la ley. Para el personal médico relevante que haya sufrido accidentes médicos, además de ser sancionado de conformidad con el párrafo anterior, el departamento administrativo de salud también podrá ordenar la suspensión de sus actividades de práctica por no menos de 6 meses pero no más de un año si el mismo; Las circunstancias son graves, sus certificados de práctica serán revocados. Artículo 335 del Derecho Penal de la República Popular China y de la República Popular China: El personal médico que cause la muerte de un paciente o dañe gravemente la salud de un paciente debido a una irresponsabilidad grave será condenado a pena de prisión de duración determinada de no más de tres años o detención penal.