¿Dónde presentar la firma del médico para la prescripción de anestesia?
Registro de hospitales Clase II y superiores
1. Cualificaciones de expedición y dispensación: Emitido por un médico autorizado que esté capacitado para recetar estupefacientes y psicotrópicos de primera categoría y esté autorizado. para la obtención de estupefacientes y psicotrópicos de primera categoría se dispensan recetas de medicamentos psicotrópicos de Clase I. Las firmas del médico y del farmacéutico deben conservarse en el departamento de farmacia para referencia futura. 2. Color de la receta: el papel en el que está impresa la receta es de color rojo claro y las palabras "Ma" y "Jingyi" están marcadas en la esquina superior derecha de la receta. 3. Límite de prescripción: cuando se expida a pacientes ambulatorios (de emergencia), cada receta no deberá exceder de 3 dosis diarias; cuando se expida a pacientes ambulatorios (de emergencia) con dolor por cáncer y pacientes con dolor crónico moderado o severo, cada prescripción no deberá exceder de 7 dosis diarias; dosis; cada receta para uso hospitalario debe emitirse cada 72 horas, siendo cada receta un suministro de 72 horas; 4. Materiales retenidos: si los pacientes ambulatorios (de emergencia) con dolor oncológico y los pacientes con dolor crónico moderado o severo necesitan usar parches transdérmicos de fentanilo durante un período prolongado, el médico que realiza el primer diagnóstico debe examinar personalmente al paciente, establecer los registros médicos correspondientes y solicitar firmar el "Formulario de Consentimiento Informado".