Reglas para el examen y certificación de competencia de la tripulación de la República Popular China (revisadas en 2022)
La Administración de Seguridad Marítima del Ministerio de Transporte, bajo el liderazgo del Ministerio de Transporte, lleva a cabo una gestión unificada de los exámenes y certificaciones de competencia de la tripulación.
Las agencias de gestión marítima en todos los niveles bajo la Administración de Seguridad Marítima del Ministerio de Transporte son específicamente responsables del trabajo de examen y certificación de competencia de la tripulación de acuerdo con el alcance de responsabilidades determinado por la Administración de Seguridad Marítima del Ministerio de Transporte. Ministerio de Transporte. Artículo 4 La expedición del examen y la certificación de competencia de la tripulación seguirá los principios de equidad, imparcialidad, apertura y conveniencia. Capítulo 2 Certificado de Competencia Sección 1 Información Básica del Certificado de Competencia Artículo 5 El certificado de competencia incluye el siguiente contenido básico:
(a) Nombre del titular, sexo, fecha de nacimiento, nacionalidad, firma y Foto;
(2) Número de certificado;
(3) Zona de navegación y ubicación del titular;
(4) Fecha de emisión y período de validez;
(5) El nombre de la autoridad emisora y la firma de la persona emisora;
(6) Otros contenidos que deban estipularse en la normativa.
El "Certificado de Competencia para la Guardia de Navegación y de Ingeniería" también debe incluir el nivel del certificado, las funciones, las disposiciones aplicables de los convenios internacionales pertinentes, el tipo de buque para el cual el titular está calificado, el tipo de propulsión principal central eléctrica, el funcionamiento de equipos especiales, etc. Artículo 6 Las áreas de navegación aplicables a los titulares de certificados son las áreas de navegación ilimitada y las áreas de navegación costera, pero las áreas de navegación aplicables a los operadores de radio son las áreas marítimas A1, A2, A3 y A4. Artículo 7 Las funciones de la tripulación se dividen en:
(1) Tripulantes que participan en la navegación y guardia de máquinas:
1. Capitán;
2. Tripulación de cubierta: primer oficial, segundo oficial, tercer oficial, marinero de guardia superior, marinero de guardia, entre los cuales el primer oficial, el segundo oficial y el tercer oficial se denominan colectivamente pilotos.
3. ingeniero jefe, segundo ingeniero, ingeniero jefe, electricista electrónico, mecánico senior de servicio, mecánico electrónico, entre los cuales el ingeniero jefe, el ingeniero jefe y el ingeniero jefe se denominan colectivamente ingenieros ingenieros;
4. : Personal de Radioelectrónica de Primera, Personal de Radioelectrónica II, Operadores Generales y Operadores Restringidos.
(2) Tripulantes que no participan en la navegación y vigilancia de motores. Artículo 8 Los certificados de competencia para capitanes, pilotos, jefes de máquinas e ingenieros se dividen en:
(1) Los certificados de competencia para capitanes, primeros oficiales, jefes de máquinas y prácticos de transatlánticos en áreas de navegación ilimitada se dividido en dos niveles:
1. Certificado de competencia de nivel 1: aplicable a buques con un arqueo bruto igual o superior a 3.000 toneladas o una planta de propulsión principal de 3.000 kilovatios o superior; >2. Certificado de competencia de nivel 2: Aplicable a buques con un arqueo bruto de 500 toneladas y más a 3.000 toneladas o una planta de propulsión principal de 750 kilovatios y más a 3.000 kilovatios.
(2) El certificado de competencia para segundo oficial, tercer oficial, segundo maquinista y tercer maquinista es aplicable a buques con un arqueo bruto superior a 500 o una planta de propulsión principal superior a 750. kilovatios.
(3) Los certificados de competencia para capitanes, primeros oficiales, jefes de máquinas y transatlánticos que operen en zonas de navegación costera se dividen en tres niveles:
1. competencia: aplicable para buques con un arqueo bruto de 3000 toneladas o más o una planta de propulsión principal de 3000 kilovatios o más.
2 Certificado de competencia de nivel 2: aplicable a buques con un arqueo bruto de 500. toneladas y más y 3.000 toneladas o una planta de propulsión principal. Buques con una potencia de 750 kW y más hasta 3.000 kW.
3. Certificado de competencia de nivel 3: Aplicable a buques con un arqueo bruto inferior a 3.000 toneladas. 500 kilovatios o buques con una central propulsora principal inferior a 750 kilovatios.
(4) Los certificados de competencia para el segundo oficial, tercer oficial, segundo oficial y tercer oficial en el área de navegación costera se dividen en dos niveles:
1. Certificado de competencia de nivel: Aplicable a buques con un arqueo bruto de 500 toneladas o más o con una planta de propulsión principal de 750 kilovatios o más;
2. Certificado de competencia de nivel 2: Aplicable a buques con un arqueo bruto inferior a 500 toneladas o una central propulsora principal inferior a 750 kilovatios de buques.
Los certificados de competencia de vigilante superior y de guardia superior son aplicables a buques con un arqueo bruto igual o superior a 500 toneladas o con unidades de potencia de propulsión principal de 750 kilovatios o superior.
Los niveles de certificados de competencia para marineros de guardia y mecánicos se dividen en:
(1) El certificado de competencia de área de navegación ilimitada se aplica al arqueo bruto de 500 toneladas o más o principal unidad de potencia de propulsión de 750 kilovatios y más;
(2) El certificado de competencia del área de navegación costera se divide en dos niveles:
1 Certificado de competencia de primera clase: aplicable a bruto. arqueo de 500 toneladas o más o buques con una planta de propulsión principal de 750 kilovatios o más;
2 Certificado de competencia de nivel 2: aplicable a buques con un arqueo bruto de menos de 500 toneladas o un arqueo principal; Central eléctrica de propulsión de menos de 750 kilovatios.
Los certificados de competencia de electricista y electricista electrónico son aplicables a barcos con unidades de potencia de propulsión principal de 750 kW o más.
El nivel de los certificados de competencia que poseen el capitán y la tripulación de cubierta que trabajan en el remolcador corresponde al nivel de potencia de la unidad de propulsión principal del remolcador.
No se calificarán los certificados de competencia de la gente de mar que no participe en tareas de navegación e ingeniería. Artículo 9 Las funciones de los tripulantes se dividen en:
(1) Navegación;
(2) Carga, descarga y estiba de carga;
(3) Operación de buques y gestión de personal;
(4) Ingeniería marina;
(5) Ingeniería eléctrica, electrónica y de control;
(6) Mantenimiento y reparación;
(7) Radiocomunicaciones.
En función de los requisitos técnicos, las funciones de la tripulación se dividen en:
(1) Nivel de gestión
(2) Nivel operativo
( 3) Nivel de soporte.