Estándares de reclamación por retraso de proyecto
Las normas de reclamación por retrasos en el proyecto son las siguientes:
1 Si la causa del retraso del proyecto es por culpa del contratista, éste deberá intentar ponerse al día con el proyecto. a su propia costa o pagar la compensación requerida y continuar completando el proyecto, o confiar a un tercero para completar el trabajo retrasado y asumir los costos de acuerdo con los arreglos del empleador; el motivo de la extensión del período de construcción no es causado por el contratista, el contratista puede realizar reclamaciones por el período de construcción de acuerdo con las disposiciones del contrato y las circunstancias específicas, y se realizan reclamaciones por pérdidas de costos causadas por la extensión del período de construcción.
Las circunstancias de retraso en el período de construcción son las siguientes:
1. El contratista no proporciona planos y condiciones de puesta en marcha según lo estipulado en las condiciones especiales.
2. El contratista no pagó el anticipo del proyecto y el pago por avance en la fecha acordada, lo que provocó que la construcción no se desarrollara normalmente;
3. etc. según lo estipulado en el contrato, lo que resulta en que la construcción no se desarrolle normalmente;
4. Cambios en el diseño de ingeniería y aumento en el volumen del proyecto;
5. las interrupciones causadas por causas ajenas al contrato dentro de una semana provocaron un total de más de 8 horas de parada;
6. Fuerza mayor;
7. el ingeniero acepta posponer el período de construcción.
Base jurídica: artículo 584 de la "República Popular China y Código Civil"
Una de las partes no cumple sus obligaciones contractuales o las cumple de forma incompatible con el acuerdo, lo que provoca pérdidas para la otra parte, el monto de la compensación será igual a las pérdidas causadas por el incumplimiento del contrato, incluidos los beneficios que puedan obtenerse después de la ejecución del contrato, sin embargo, no excederá las posibles pérdidas que la parte infractora prevea o; deberá prever al celebrar el contrato.