¿Es un delito imprimir a mano fotografías de otras personas?
No es un delito imprimir a mano fotografías de otras personas. Actualmente no existen disposiciones legales pertinentes, pero es un acto inmoral.
Si publicas fotos de desnudos y las difundes. al mundo exterior, es posible que se sospeche que usted está difundiendo material obsceno.
El delito de difusión de materiales obscenos se refiere a la difusión de libros, publicaciones periódicas, vídeos, audiovisuales, fotografías u otros materiales obscenos como forma de expresión, alterando el orden estatal de gestión de materiales obscenos y poniendo en peligro La salud física y mental de la población en general, especialmente de los jóvenes, debe ser objeto de medidas resueltas y de conformidad con la ley.
"Derecho Penal"
Artículo 363: El que produzca, copie, publique, venda o difunda materiales obscenos con el fin de obtener ganancias, será sancionado con pena privativa de libertad de no más de de tres años o prisión o control penal, y también será multado si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también multa si; las circunstancias sean particularmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años o a cadena perpetua, y también se le impondrá una multa o se le confiscarán sus bienes.
Es ilegal publicar fotografías de otras personas en Internet, lo que infringe sus derechos de retrato, pero no es un delito.
Los intereses del retrato son intereses personales exclusivos de los ciudadanos, y otros no pueden interferir o infringirlos.
El contenido es:
En primer lugar, los ciudadanos tienen derecho a prohibir a otros hacer sus propios retratos sin su permiso;
En segundo lugar, los ciudadanos tienen derecho a prohibir a otros hacer sus propios retratos sin permiso; utilizar el propio retrato;
En tercer lugar, los ciudadanos tienen derecho a prohibir a otros dañar, empañar, vilipendiar y distorsionar sus propios retratos.
El principio general es: los ciudadanos tienen derecho a la reproducción de su propia imagen - el derecho a estar de acuerdo o en desacuerdo con la reproducción de su propia imagen en medios materiales objetivos y el espacio que los ciudadanos tienen derecho a utilizar; sus propias semejanzas, el derecho a permitir que otros usen la propia semejanza y el derecho a prohibir a otros usar la propia semejanza.
Depende de si hay extorsión de propiedad. En caso contrario, no constituye delito, pero la conducta vulnera el derecho a la intimidad y a la imagen de otros. El promotor será responsable de los daños causados a terceros. La parte infractora podrá exigir al infractor que se disculpe, detenga la infracción, restablezca la reputación, elimine el impacto y compense el daño. Dado que la parte infractora fue culpable de la causa del incidente, su responsabilidad debe reducirse según el alcance de su culpa. Compensación mitigada.