Colección de citas famosas - Frases célebres - ¿En qué orden se debe llevar a cabo la audiencia?

¿En qué orden se debe llevar a cabo la audiencia?

Las audiencias se llevarán a cabo de acuerdo con los siguientes procedimientos:

(1) La agencia administrativa notificará al solicitante y a las partes interesadas la hora y lugar de la audiencia siete días antes de la se celebre la audiencia, y notificarles si es necesario;

(2) La audiencia se llevará a cabo en público;

(3) La agencia administrativa designará una persona distinta del miembro del personal que revisa la solicitud de licencia administrativa como anfitrión de la audiencia, si una parte interesada cree que el anfitrión tiene un interés directo en el asunto de la licencia administrativa, tiene derecho a solicitar la recusación;

(4) Al celebrar una audiencia, el miembro del personal que revisa la solicitud de licencia administrativa deberá proporcionar evidencia de las opiniones de revisión, los motivos, el solicitante y las partes interesadas pueden presentar pruebas y realizar la defensa y el contrainterrogatorio;

(5) Se realizará una transcripción de la audiencia, y los participantes de la audiencia la firmarán o sellarán después de la confirmación.

La agencia administrativa tomará decisiones administrativas sobre licencias basadas en las transcripciones de la audiencia.

Este artículo estipula los procedimientos de audiencia.

1. Acerca del aviso de audiencia

La audiencia involucra derechos importantes de las partes. Las partes deben comprender los asuntos involucrados en la audiencia y cómo se llevará a cabo la audiencia. manera podrán estar completamente preparados. Por tanto, es un derecho de las partes a ser informadas en un plazo razonable y es también una exigencia de equidad procesal. Las notificaciones se realizan generalmente por escrito y podrán anunciarse cuando sea necesario. En cuanto al plazo de notificación, esta Ley establece que la notificación deberá realizarse 7 días antes de la audiencia. Además de la hora y el lugar de la audiencia, el contenido de la notificación generalmente debe incluir las cuestiones que se cubrirán en la audiencia, el contenido de la decisión de concesión de licencia administrativa que tomará la agencia administrativa y los derechos procesales de las partes. .

2. Respecto al principio de audiencias públicas

Las audiencias de licencias administrativas deben realizarse públicamente, lo que requiere que se permita al público, especialmente a los periodistas, observar durante el proceso de audiencia. Para las partes interesadas, las audiencias públicas son la base para que las decisiones administrativas obtengan su aprobación. A través de audiencias públicas, incluso si se toma una decisión administrativa que no es favorable a las partes involucradas, será más fácil para las partes aceptarla e implementarla porque la decisión se toma mediante procedimientos justos. Para el público, participar en audiencias puede comprender el proceso de toma de decisiones administrativas y fortalecer la supervisión de las agencias administrativas. Para las agencias administrativas, las audiencias públicas pueden mejorar el sentido de responsabilidad de las agencias administrativas y su personal, y también son una oportunidad para educar al público.

Si la audiencia involucra asuntos relacionados con secretos de estado, secretos comerciales o privacidad personal, la audiencia no debe realizarse en público. (Ver Artículo 40)

3. Acerca del Moderador de Audiencia

La posición del Moderador de Audiencia en el procedimiento de audiencia es similar a la de un juez en un proceso judicial. Es responsable de la conducción del proceso de audiencia. Que el anfitrión de la audiencia tenga un estatus independiente es muy importante para la imparcialidad del proceso de audiencia. A tal efecto, el moderador de audiencia designado deberá seguir el principio de separación de funciones. De acuerdo con las disposiciones de esta Ley, la agencia administrativa designará como anfitrión de la audiencia a una persona distinta del miembro del personal que revisa la solicitud de licencia administrativa. En otras palabras, el anfitrión de la audiencia puede ser un miembro del personal de la misma agencia de licencia administrativa. pero no puede ser la persona responsable de la revisión del personal administrativo de licencias. El principio de separación de funciones es ayudar al moderador de la audiencia a ser objetivo e imparcial durante el proceso de audiencia, y no incorporar las impresiones obtenidas durante la investigación al proceso de audiencia para evitar sesgos.

Con el fin de proteger la independencia del anfitrión de la audiencia, esta Ley estipula que si el solicitante o interesado cree que el anfitrión tiene un interés directo en este asunto de licencia administrativa, tiene derecho a solicitar por recusación. Los intereses se refieren principalmente a intereses económicos, es decir, los individuos pueden ganar o perder intereses directamente a partir del veredicto del caso. Si el moderador tiene interés directo en materia de licencias administrativas, el moderador tomará la iniciativa de solicitar la recusación. El solicitante o los interesados ​​también tendrán derecho a solicitar la recusación.

Durante el proceso de audiencia, el moderador de la audiencia tiene derecho a dirigir la realización de la audiencia, interrogar a los testigos, organizar el orden de la investigación de pruebas, tomar las medidas necesarias contra quienes obstruyan la audiencia y tomar decisiones sobre Cuestiones procesales que surjan durante la audiencia. Esperando poder.

4. En materia de prueba y contrainterrogatorio

(1) Carga de la prueba. Durante el procedimiento de audiencia, la agencia administrativa responsable de revisar las solicitudes de licencia administrativa soporta la carga principal de la prueba. La agencia administrativa deberá proporcionar opiniones de revisión, incluyendo la evidencia, los motivos y los fundamentos de la decisión de licencia administrativa propuesta. Esto se debe, en primer lugar, a que el contenido de la audiencia incluye no sólo los hechos y los fundamentos de la decisión de concesión de licencia administrativa propuesta, sino también la decisión misma que debe tomar la agencia administrativa.

En el proceso de revisión de las solicitudes de licencia administrativa, las agencias administrativas deben realizar investigaciones exhaustivas, recopilar pruebas y luego emitir opiniones de revisión basadas en hechos y leyes pertinentes. La autoridad de la agencia administrativa en el procedimiento de licencia administrativa determina que debe soportar la carga principal de la prueba en la audiencia. En segundo lugar, sólo cuando el organismo administrativo proporciona pruebas, motivos y fundamentos suficientes para la opinión de revisión, el solicitante o las partes interesadas pueden comprender si la opinión de revisión del organismo administrativo tiene una base fáctica y jurídica, y pueden presentar defensas y contrainterrogatorios específicos.

Para los solicitantes y las partes interesadas, es tanto el derecho como la obligación de las partes presentar sus propias reclamaciones y aportar las pruebas pertinentes. El procedimiento de audiencia consiste en escuchar las opiniones de las partes. La naturaleza de la audiencia determina que el solicitante y los interesados ​​tengan más derechos que obligaciones durante el proceso de audiencia. Por tanto, la presentación de pruebas es principalmente un derecho del solicitante y de los interesados. Por otra parte, el solicitante o la parte interesada efectivamente posee y controla algunas pruebas que le resultan beneficiosas. En determinados tipos de casos, suele resultar más difícil para el organismo administrativo soportar la carga de la prueba, aunque es más fácil. que las partes soporten la carga de la prueba. Asumir una determinada carga de la prueba no sólo cumple los requisitos de equidad, sino que también ayuda a mejorar la eficiencia administrativa.

El anfitrión de la audiencia no participa directamente en la investigación y recopilación de pruebas de este caso, pero debe participar en las discusiones entre las partes, instando a las partes a aclarar contenidos poco claros de la solicitud, mejorar declaraciones insuficientes y explicar hechos relevantes. .

(2) Contrainterrogatorio. Durante el procedimiento de audiencia, los solicitantes e interesados ​​no sólo tienen derecho a aportar pruebas para defenderse, sino que también tienen derecho a conocer y rebatir las pruebas aportadas por el órgano administrativo. El contrainterrogatorio es una forma eficaz de identificar la autenticidad de las pruebas. No es sólo un derecho de las partes, sino también un medio necesario en el procedimiento de audiencia. Sin embargo, no se puede abusar del contrainterrogatorio, de lo contrario retrasará el tiempo y reducirá la eficiencia. Por lo tanto, durante el procedimiento de audiencia, el anfitrión de la audiencia debe limitar el alcance del contrainterrogatorio de acuerdo con las circunstancias específicas. Por ejemplo, las pruebas repetidas e irrelevantes no requieren un contrainterrogatorio; los hechos que pueden determinarse mediante observación directa, pruebas o cálculos no requieren un contrainterrogatorio; las pruebas de oídas no requieren un contrainterrogatorio, etc.