Procedimientos de la Brigada de Investigación Criminal tras la detención de una persona
Primero, aceptar pistas
1. Aceptar pistas sobre infracciones disciplinarias
2. Rellenar el formulario de aceptación de pistas y registro de material.
3. Procesamiento de materiales aceptados
2. Verificación preliminar
1.
2. Establecer un equipo de verificación e investigación preliminar.
3. Desarrollar un plan preliminar de verificación e investigación.
4. Implementar la verificación preliminar
Tercero, presentar el caso
1. Revisar los materiales de presentación
2. Informe"
3. Presentación y aprobación
4. Elaboración de la "Decisión de Archivo del Caso"
5. Aviso y Aviso de Decisión de Presentación
IV. Investigación
1. Preparación antes de la investigación
2. Anuncio de la decisión de abrir el caso
3. Implementación de la investigación
4. Investigación finalizada
Transferencia de verbo (abreviatura de verbo) a juicio
El equipo de investigación recomendó verificar los dictámenes del departamento, revisarlos y aprobarlos por los líderes a cargo, ordenar y clasificar los materiales del caso. y completar el "Formulario de registro para transferencia de caso para juicio" para cerrar el caso.
Datos ampliados:
Normas procesales para el manejo de causas penales por los órganos de seguridad pública
Capítulo 7 Presentación y Desistimiento de Casos
Sección 1. Aceptación de Casos
Artículo 166: Los órganos de seguridad pública aceptarán inmediatamente los casos de secuestro, denuncia de delitos, acusaciones, denuncias o entrega voluntaria de sospechosos de delitos por parte de ciudadanos, indagarán sobre la situación y harán transcripciones. Después de la verificación, el secuestrador, el reportero, el acusador, el informante y el que se entrega firmarán y se les presionarán las huellas digitales. Cuando sea necesario, se deberá realizar grabación de audio o vídeo.
Sección 2 de la Legislación
Artículo 175: Luego de que el órgano de seguridad pública acepta el caso, después de su revisión, considera que los hechos delictivos que requieren responsabilidad penal son de su propia competencia. se presentará con la aprobación de la persona a cargo del órgano de seguridad pública a nivel de condado o superior si se cree que no existen hechos delictivos, o los hechos delictivos son obviamente menores y no requieren responsabilidad penal, o existen; Si hay otras circunstancias en las que no se persigue la responsabilidad penal de acuerdo con la ley, el caso se presentará con la aprobación de la persona a cargo del órgano de seguridad pública a nivel del condado o superior.
Si se decide no archivar el caso del denunciante, el órgano de seguridad pública preparará un aviso de no presentación y lo notificará al denunciante dentro de los tres días.
Sección 3º Desistimiento de la acusación
Artículo 183 Si en la investigación se determina alguna de las siguientes circunstancias, se desestimará el caso:
(1) No El hechos del delito;
(2) Si las circunstancias son obviamente menores y el daño no es grande, no se considerará un delito;
(3) El delito ha pasado el plazo de prescripción para el procesamiento;
(4) Aquellos que han sido exentos de castigo bajo una orden de amnistía;
(5) El sospechoso criminal ha fallecido;
(6) Los demás que no sean penalmente responsables según la ley.
Si se descubre a través de la investigación que hay hechos delictivos que requieren procesamiento penal, pero no fueron cometidos por sospechosos criminales que han sido archivados para investigación, o si algunos sospechosos criminales en el mismo caso criminal son no es digno de castigo penal, se dará por terminado el procesamiento de los delitos relacionados. La investigación del sospechoso continúa.
Capítulo 8 Investigación
Sección 1 Disposiciones Generales
Artículo 187: Los órganos de seguridad pública investigarán con prontitud las causas penales que hayan sido interpuestas de manera integral y objetiva recabando y obteniendo. evidencia que demuestre que el sospechoso de un delito es culpable o inocente y que el delito es menor o grave.
Sección 2ª Interrogación de sospechosos de delitos
Artículo 193: Con la aprobación del responsable del departamento de tramitación del caso, el órgano de seguridad pública podrá citar al sospechoso de delitos a un lugar designado. en la ciudad o condado donde se encuentre o acudir a su residencia para ser interrogado.
Sección 3ª Interrogatorio de Testigos
Artículo 205: El interrogatorio de testigos y víctimas podrá realizarse en el lugar, o en la unidad o residencia donde se encuentre el testigo o víctima, o en el domicilio del testigo. o domicilio de la víctima. Proceder al lugar propuesto por la víctima. Cuando sea necesario, se podrá notificar a testigos y víctimas para que declaren ante el órgano de seguridad pública.
Los interrogatorios de testigos y víctimas deben realizarse por separado.
Al interrogar a testigos y víctimas en el lugar de los hechos, los investigadores deben mostrar su identificación laboral. Para indagar en la unidad o residencia del testigo o víctima o en el lugar propuesto por el testigo o víctima, se deberá preparar un aviso de investigación con la aprobación del responsable del departamento de tramitación del caso. Antes del interrogatorio, los investigadores deben presentar el aviso de investigación y la identificación del trabajo.
Sección 4 Inspección
Artículo 208: Los investigadores realizarán una investigación o inspección de los lugares, objetos, personas y cadáveres relacionados con el delito, y extraerán y recogerán prontamente sus huellas físicas. pruebas y muestras biológicas relacionadas con el caso. Cuando sea necesario, se podrán designar o contratar personas con conocimientos especializados para realizar inspecciones e inspecciones bajo el auspicio de investigadores.
Sección 5 Búsqueda
Artículo 217 Con la aprobación de la persona a cargo del órgano de seguridad pública a nivel de condado o superior, los investigadores podrán buscar sospechosos de delitos y personas que puedan ser ocultar delincuentes o pruebas criminales registrar el cuerpo de la persona, sus pertenencias personales, su residencia y otros lugares relevantes.
Sección 6 Precinto y Detención
Artículo 222: Se sellarán y detendrán los diversos bienes y documentos descubiertos durante las actividades de investigación que puedan probar la culpabilidad o inocencia del presunto delincuente; sin embargo, los bienes y documentos no relacionados con el caso no serán sellados ni detenidos.
Si el poseedor se niega a entregar los bienes y documentos que deban ser sellados o embargados, los órganos de seguridad pública podrán sellarlos o embargarlos por la fuerza.
Sección 7 Investigación y Congelamiento
Artículo 231: Con base en las necesidades de investigación de delitos, los órganos de seguridad pública podrán investigar y congelar los depósitos, remesas, bonos, etc., de sospechosos de delitos. de acuerdo con las regulaciones, acciones, acciones de fondos y otras propiedades, y puede requerir que las unidades e individuos relevantes cooperen.
Sección 8 Identificación
Artículo 239 Para conocer los hechos del caso y resolver las cuestiones especializadas del mismo, se deberán designar y contratar personas con conocimientos especializados para realizar la identificación. .
Si es necesario contratar personal con conocimientos especializados para la tasación, se preparará una carta de invitación para la tasación con la aprobación del responsable del órgano de seguridad pública a nivel de condado o superior.
Sección 9 Identificación
Artículo 249: Para conocer los hechos de un caso, los investigadores podrán, cuando sea necesario, solicitar a las víctimas, testigos o presuntos delincuentes que identifiquen a personas relacionadas con el delito. Objetos, documentos, cadáveres, lugares o sospechosos de delitos.
Sección 10 de la Investigación Técnica
Artículo 254: Después de que los órganos de seguridad pública hayan presentado una causa, con base en las necesidades de la investigación del delito, podrán realizar la investigación técnica de las siguientes causas penales. que ponen en grave peligro a la sociedad: Medidas:
(1) Delitos que ponen en peligro la seguridad nacional, actividades terroristas, delitos organizados de carácter mafioso y delitos graves relacionados con las drogas;
(2) Homicidio intencional, lesiones que causan lesiones graves o la muerte, violación, robo, secuestro, incendio provocado, explosión, lanzamiento de sustancias peligrosas y otros delitos violentos graves;
(3) Casos penales importantes grupales, en serie y transregionales;
(4) )Casos penales importantes que ocurren utilizando telecomunicaciones, redes informáticas, canales de correo, etc., así como casos penales importantes contra redes informáticas;
(5) Otros casos penales que gravemente poner en peligro a la sociedad puede ser condenado a más de siete años de prisión según la ley.
Los órganos de seguridad pública podrán tomar las medidas técnicas de investigación necesarias contra presuntos delincuentes fugitivos y acusados que sean buscados o hayan aprobado o decidido arrestarlos.
Sección 11 Detención General
Artículo 265: Si el sospechoso de un delito que deba ser detenido se encuentra en libertad, el órgano de seguridad pública podrá dictar orden de búsqueda y tomar medidas efectivas para perseguirlo y llevarlo ante la justicia.
Los órganos de seguridad pública a nivel de condado o superior podrán emitir directamente órdenes de arresto dentro de su jurisdicción si exceden su jurisdicción, deberán solicitar la aprobación del órgano de seguridad pública de nivel superior que tenga la facultad de decidir al respecto; emisión.
El alcance de la orden de búsqueda lo determina el responsable del organismo de seguridad pública que emitió la orden de búsqueda.
Sección 12 Terminación de la investigación
Artículo 274 El caso en el que se dé por terminada la investigación deberá cumplir al mismo tiempo las siguientes condiciones:
(1) Caso Los hechos son claros;
(2) La evidencia es confiable y suficiente;
(3) La naturaleza del delito y la condena del delito son correctas;
(4) Los procedimientos legales están completos;
(5) Investigar la responsabilidad penal de conformidad con la ley.
Sección 13 Investigación Suplementaria
Artículo 284: Si la investigación de un caso se completa y se transfiere a la Fiscalía Popular para su revisión y procesamiento, y la Fiscalía Popular lo devuelve a la seguridad pública órgano de investigación complementaria, el órgano de seguridad pública Una vez que la Fiscalía Popular devuelva los documentos legales, la investigación complementaria se completará en el plazo de un mes de acuerdo con el esquema de investigación complementaria.
La investigación complementaria se limita a dos veces.
Materiales de referencia:
Enciclopedia Baidu - Procedimientos para que los órganos de seguridad pública manejen casos penales