¿Es necesario firmar el contrato laboral para prorrogarlo?
No es necesario. De acuerdo con la normativa pertinente, cuando el contrato de trabajo expire y la empleada aún se encuentre en el período médico, embarazo, parto y lactancia, la duración del contrato laboral se extenderá automáticamente hasta el vencimiento del período médico, embarazo, parto y lactancia. . Las partes no necesitan renovar el contrato de trabajo, pero sí prorrogarlo conforme a las disposiciones legales. Salvo el caso de “prórroga legal”, lo mejor es firmar un nuevo contrato laboral cuando éste expire. Según los párrafos 3 y 4 del artículo 42 de la Ley de Contrato de Trabajo, el empleador no podrá rescindir ni rescindir la relación laboral de los empleados durante el período médico, embarazo, parto y lactancia. Si el empleador termina la relación laboral del trabajador después de transcurridos los tres períodos, deberá pagar una compensación económica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46, párrafo 5 y el artículo 47 de la Ley de Contrato de Trabajo.