Aviso de congelamiento Nuestra empresa ha recibido la solicitud judicial para la preservación de la propiedad.
Los bienes de la otra parte pueden congelarse en un plazo de 48 horas. Después de aceptar la solicitud, el Tribunal Popular debe dictar sentencia en un plazo de 48 horas; si se le ordena tomar medidas cautelares, ésta debe ejecutarse de inmediato. Si el solicitante no presenta una demanda o solicita arbitraje de conformidad con la ley dentro de los treinta días posteriores a la adopción de las medidas de preservación por parte del tribunal popular, el tribunal popular dará por terminada la preservación.
Objetividad jurídica:
Según el artículo 101 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si un interesado no solicita la conservación inmediatamente por circunstancias urgentes, causará un daño irreparable a su legítimo derecho. derechos e intereses. Si hay daño, podrá solicitar medidas de preservación ante el tribunal popular donde se encuentre el bien a preservar, donde esté domiciliado el demandado o tenga jurisdicción antes de interponer una demanda o solicitar arbitraje.