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Fugitivos de Mo Banner en Mongolia Interior en Tanggu

En cuanto al manejo de fugitivos, consulte las siguientes regulaciones. Según el artículo 265 del "Reglamento de Procedimiento para la Tramitación de Casos Penales por los Órganos de Seguridad Pública", si un sospechoso de un delito que deba ser detenido se encuentra en libertad, el órgano de seguridad pública puede emitir una orden de búsqueda y tomar medidas efectivas para perseguirlo y enjuiciarlo. él a la justicia.

Los órganos de seguridad pública a nivel de condado o superior pueden emitir directamente órdenes de búsqueda dentro de su jurisdicción, si exceden su jurisdicción, deben buscar la aprobación del órgano de seguridad pública de nivel superior que tiene el poder de decidir al respecto; emisión.

El alcance de la orden de búsqueda lo determina el responsable del organismo de seguridad pública que emitió la orden de búsqueda.

Artículo 266: La orden de busca deberá expresar en la medida de lo posible el nombre, alias, apellido anterior, apodo, sexo, edad, etnia, lugar de origen, lugar de nacimiento, residencia, ocupación, etc. la persona buscada número de identificación, vestimenta y características físicas, acento y hábitos de comportamiento, y una fotografía reciente de la persona buscada, así como fotografías de huellas dactilares y otras pruebas físicas. Salvo asuntos que deban mantenerse confidenciales, deberá expresarse el tiempo, lugar y breves hechos del caso.

Una vez emitida la orden de búsqueda del artículo 267, si se descubre nueva información importante, se puede volver a emitir. El aviso debe indicar el número y la fecha de la orden de búsqueda original.

Artículo 268: Una vez recibida la orden de búsqueda, los órganos de seguridad pública organizarán oportunamente una investigación. Una vez arrestado un sospechoso de un delito, estará sujeto a la aprobación de la persona a cargo del órgano de seguridad pública a nivel de condado o superior, y será detenido con una orden de búsqueda o documentos legales pertinentes, y la autoridad que emitió la orden de búsqueda. serán notificados para tramitar los procedimientos de verificación y transferencia.

Artículo 269: Si fuera necesario tomar medidas de control fronterizo contra sospechosos de delincuentes en el puerto, se emitirá una notificación de objeto de control fronterizo de conformidad con la reglamentación, y previa revisión por el responsable de la seguridad pública. agencia a nivel de condado o superior, se informará a la provincia Los órganos de seguridad pública a nivel provincial aprobaron la adopción de medidas de control fronterizo en todo el país. Si es necesario restringir la libertad personal del sospechoso de un delito, se deben adjuntar los documentos legales pertinentes.

Si la situación es urgente y es necesario tomar medidas de control fronterizo, los órganos de seguridad pública a nivel de condado o superior pueden emitir una carta oficial y transferir el control a la estación de inspección fronteriza local primero, pero debe encargarse del control fronterizo a nivel nacional en un plazo de siete días de conformidad con los procedimientos prescritos.

Artículo 270: Para descubrir indicios de delitos mayores, recuperar bienes y pruebas involucradas en el caso y capturar a sospechosos de delitos, cuando sea necesario, se podrá expedir aviso de recompensa con la aprobación del responsable. del órgano de seguridad pública a nivel de condado o superior.

El aviso de adjudicación deberá indicar la información básica del destinatario del premio y el monto específico del premio.

Artículo 271: Los warrants y avisos de recompensa serán ampliamente difundidos y podrán publicarse a través de radio, televisión, periódicos y redes informáticas.

Artículo 272: Después de la verificación, si el sospechoso del delito se ha entregado, ha sido asesinado a tiros o capturado, etc., y se determina que no es necesario adoptar orden de búsqueda, aviso de control fronterizo o recompensa. notificación, la autoridad emisora ​​emitirá la orden en el lugar original: órdenes de búsqueda, cancelación de órdenes de búsqueda, avisos de control fronterizo y avisos de recompensa dentro del alcance de la notificación.

Artículo 273: Si un delincuente buscado, imputado o delincuente se fuga de prisión, se aplicarán las disposiciones pertinentes de este apartado.