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Dictamen Pericial en Procesos Penales

Las opiniones de expertos se refieren a las opiniones especializadas expresadas por expertos de diversas industrias sobre cuestiones especializadas en casos (proyectos). Las opiniones de identificación son uno de los tipos de prueba en el campo del litigio penal y son una base importante para determinar los hechos del caso y resolver algunas cuestiones especializadas del caso. Los dictámenes de tasación utilizados como prueba están directamente relacionados con la determinación de los hechos del caso, son de gran importancia para todas las partes en el proceso penal y tienen un interés directo en los sospechosos y víctimas del delito. Por lo tanto, el artículo 146 de la Ley de Procedimiento Penal estipula que el organismo de investigación informará a los sospechosos y a las víctimas de los delitos sobre los dictámenes de tasación utilizados como prueba. Si el sospechoso o la víctima del delito lo solicita, se puede realizar una identificación complementaria o una reidentificación.

En primer lugar, el proceso general de manejo de casos penales es

1. La primera etapa es denunciar el delito.

2. La segunda etapa es la investigación de seguridad pública.

3. En la tercera etapa se archiva el caso y el caso entra en etapa de investigación.

4. En la cuarta etapa, una vez finalizada la investigación, el órgano de seguridad pública presenta un dictamen fiscal y el caso entra en la etapa de revisión y procesamiento.

5. La quinta etapa es la etapa de revisión y procesamiento por parte de la Fiscalía.

6. La sexta etapa es la etapa de prueba.

2. La jurisdicción penal incluye:

1. Jurisdicción funcional

2. Jurisdicción de nivel

4. Jurisdicción regional

5. Jurisdicción especial

Base jurídica: “Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China”

Artículo primero 146: Para conocer los hechos de un caso y cuando sea necesario resolver cuestiones especializadas del mismo, se debe contratar personal con conocimientos especializados para realizar las tasaciones.

Artículo 147 Terminada la tasación, el tasador anotará el dictamen de tasación y lo firmará. Si un tasador hace intencionalmente una tasación falsa, será responsable legalmente.

Artículo 148 Si hubiere objeción al dictamen de tasación, el órgano de investigación informará al sospechoso o víctima del delito del dictamen de tasación utilizado como prueba. Si el sospechoso o la víctima del delito lo solicita, se puede realizar una identificación complementaria o una reidentificación.