¿Es cierto que el 1069 envió un mensaje diciendo que se realizará el juicio?
La audiencia judicial es la etapa en la que el panel colegiado realiza audiencias de fondo sobre el caso. Los principales métodos son el juicio abierto y el juicio cerrado. Entre ellos, los juicios abiertos son el principio y los juicios cerrados son excepciones o complementos.
El artículo 130 de la "Constitución de la República Popular China" estipula que el Tribunal Popular conocerá los casos en público, excepto en circunstancias especiales estipuladas por la ley. El acusado tiene derecho a presentar una defensa.
Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China
Artículo 137: Los tribunales populares conocerán de los casos civiles en público, excepto aquellos que involucren secretos de estado, privacidad personal o lo dispuesto en otra forma por la ley.
Los casos de divorcio y los casos que involucran secretos comerciales pueden conocerse en privado previa solicitud de las partes interesadas.
Artículo 140 Antes de la vista judicial, el secretario comprobará si las partes y demás participantes en el litigio están presentes en el tribunal y declarará la disciplina judicial.
Cuando se celebre el juicio, el juez presidente o el juez único comprobará las partes, anunciará la causa del caso, dará a conocer la lista de jueces y secretarios, informará a las partes de sus derechos y obligaciones en el litigio, y Pregunte a las partes si han solicitado la recusación.
Artículo 80 de la "Ley de Procedimiento Administrativo de la República Popular China" El Tribunal Popular pronunciará públicamente sentencias en los casos que se conocen en público y en los casos que no se conocen en público.
Si la sentencia se pronuncia en sede judicial, la sentencia se dictará en el plazo de diez días; si la sentencia se pronuncia con carácter ordinario, se dictará sentencia por escrito inmediatamente después de dictada la sentencia.
Cuando se anuncie el veredicto, se deberá informar a las partes de su derecho a recurrir, del plazo para recurrir y del tribunal popular ante el que se interpondrá el recurso.