¿Qué significa que el Negociado de Seguridad Pública tome notas?
1. ¿Qué significa que la Oficina de Seguridad Pública tome notas?
Transcripción es un término profesional en el campo legal, que es un texto que registra la identidad detallada y el discurso de un testigo, sospechoso de un delito o testigo ocular. Según el tipo de casos penales y administrativos, las transcripciones se pueden dividir en transcripciones de interrogatorio y transcripciones de interrogatorio. Al interrogar y preguntar, literalmente, todos pueden entender la diferencia entre los dos. Para ser precisos, las transcripciones de los interrogatorios son registros escritos de las situaciones de los interrogatorios registradas por los investigadores de seguridad pública cuando interrogan a los sospechosos de delitos de conformidad con la ley durante el manejo de casos penales. Las transcripciones de los interrogatorios son registros escritos elaborados por investigadores de seguridad pública cuando investigan a sospechosos de delitos, víctimas y testigos en el proceso de manejo de casos penales o administrativos para comprender las circunstancias relevantes del caso.
En segundo lugar, ¿importa si la Oficina de Seguridad Pública toma notas?
Siempre que no esté relacionado con tu conducta delictiva, no importa si te citan en comisaría para levantar un acta.
Si en comisaría te hubieran impuesto una sanción administrativa en ese momento, ya habría quedado registrada hace tiempo. La empresa explicará esto al transferir archivos. Si solo consulta, no habrá registros. Si lo cita la comisaría para tomar una transcripción, si es testigo, puede explicar por qué no fue allí debido a circunstancias especiales. Si se trata de la identidad del involucrado, se le debe solicitar que haga un registro, de lo contrario la Oficina de Seguridad Pública puede tomar medidas coercitivas.
La transcripción del interrogatorio se entregará al sospechoso de un delito para que la revise o lea. Si hay omisiones o errores en los registros, se permitirá al sospechoso de un delito hacer adiciones o correcciones y sellar sus huellas dactilares. Después de que el sospechoso de un delito haya verificado que la transcripción es correcta, debe firmar y tomar sus huellas dactilares página por página y escribir en la última página: "He leído la transcripción anterior (o me la han leído a mí) y es coherente con lo que dije". ". Si la persona investigada se niega a firmar o tomar sus huellas dactilares, el investigador lo indicará en la transcripción. Las cuestiones que consten en la transcripción del interrogatorio se cumplimentarán conforme a la reglamentación. Los investigadores y traductores deberán firmar la transcripción del interrogatorio.
3. ¿Qué debo hacer si la transcripción no concuerda con los hechos?
Qué hacer si la transcripción no coincide con los hechos: Vaya a la comisaría para explicar la situación y solicite un segundo interrogatorio de la transcripción; sin embargo, es posible que la policía que maneja el caso no necesariamente haga cambios; según sea necesario. En este momento, debe presentar razones y pruebas razonables; de lo contrario, otros no necesariamente utilizarán el segundo conjunto de argumentos. En términos de evidencia, la primera transcripción suele ser más sólida que las transcripciones posteriores. Por tanto, es necesaria una explicación razonable de la inconsistencia mencionada anteriormente.
Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.
Base jurídica: "Reglamento Procesal para la Tramitación de Causas Penales por los Órganos de Seguridad Pública"
Artículo 198 El interrogatorio de los presuntos delincuentes se realizará en la sala de interrogatorios del órgano de seguridad pública. instalaciones de aplicación de la ley y manejo de casos, pero se exceptúan las siguientes circunstancias: (1) Interrogatorio en el lugar en situaciones de emergencia (2) Interrogatorio de sospechosas delincuentes gravemente heridas, discapacitadas, con problemas de movilidad o embarazadas en la residencia o institución médica del sospechoso; Los sospechosos de delitos que sean enviados a un centro de detención para su custodia serán interrogados en la sala de interrogatorios del centro de detención. Las personas sometidas a detención administrativa, aislamiento obligatorio para rehabilitación de drogadictos y delincuentes que cumplen penas de prisión podrán ser interrogados en el lugar donde sean ejecutados. Con la aprobación de la persona a cargo del departamento de manejo de casos, los sospechosos de delitos que no necesitan ser detenidos o arrestados pueden ser convocados al lugar de aplicación de la ley y manejo de casos del órgano de seguridad pública de la ciudad o condado donde se encuentra el sospechoso de delitos. o a su domicilio para ser interrogado.
Artículo 210: El interrogatorio de testigos y víctimas podrá realizarse en el lugar, en la unidad o residencia donde se encuentre el testigo o víctima, o en el lugar propuesto por el testigo o víctima. Cuando sea necesario, los testigos y las víctimas podrán ser notificados por escrito, por teléfono o en el acto para que acudan al órgano de seguridad pública a declarar. El interrogatorio de testigos y víctimas debe realizarse por separado. Al entrevistar a los testigos y a las víctimas en el lugar de los hechos, los investigadores deberán presentar sus tarjetas de identificación de la Policía Popular. Para indagar en la unidad o residencia del testigo o víctima o en el lugar propuesto por el testigo o víctima, se deberá preparar un aviso de investigación con la aprobación del responsable del departamento de tramitación del caso. Antes del interrogatorio, los investigadores deben presentar el aviso de investigación y la tarjeta policial del pueblo.