¿Existe una alta probabilidad de recibir una sentencia suspendida por cruzar ilegalmente la frontera?
No importa qué método se utilice, siempre que sea ilegal entrar o salir del país, es un acto de cruzar ilegalmente la frontera nacional (frontera). Cualquiera que cruce la frontera nacional (frontera) en secreto con el propósito de unirse a una organización terrorista, recibir entrenamiento terrorista o realizar actividades terroristas será sentenciado a una pena de prisión de no menos de un año pero no más de tres años, y también será multado.
1. Se considerará grave toda persona que cruce ilegalmente la frontera (frontera) nacional y cumpla alguna de las siguientes circunstancias:
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2. Cruzar ilegalmente la frontera (frontera) nacional más de tres veces o cruzar la frontera (fronteriza) nacional ilegalmente en un grupo de tres o más personas
<; p>3. Solicitar e inducir a otros a cruzar la frontera (frontera) nacional en secreto4. Coludir con organizaciones y personal extranjeros para cruzar la frontera (frontera) nacional ilegalmente
5. Cruzar el país (frontera) ilegalmente dentro del año posterior a haber sido sancionado administrativamente por cruzar ilegalmente la frontera (frontera) nacional Frontera (frontera) nacional;
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2. Se considerará que ha cruzado ilegalmente la frontera nacional (frontera) quien concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. documento o evadir la inspección fronteriza;
2. Utilizar documentos de entrada y salida falsificados, alterados o inválidos para entrar y salir del país;
3. y salir del país;
4. Entrar y salir del país por motivos falsos de entrada o salida, ocultando la verdadera identidad o utilizando documentos de entrada y salida obtenidos mediante el uso falso de documentos de identidad de otras personas; >
5. Entrada y salida ilegal por otros medios.
Base jurídica:
Ley penal
Artículo 322 Violación de las normas de gestión nacional (frontera) y cruce ilegal de la frontera nacional (frontera), las circunstancias Si son graves, la persona será condenada a pena privativa de libertad no superior a un año, detención penal o vigilancia pública, y también será multada quien cruce la frontera nacional (frontera) en secreto con el fin de unirse a una organización terrorista o recibir entrenamiento terrorista; o realizar actividades terroristas será sancionado con pena privativa de libertad no menor de un año ni mayor de tres años, y multa.