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Reglamento sobre la recogida de documentos jurídicos

Análisis legal: Si el destinatario confía un agente, el agente designado o encomendado o un miembro adulto de la familia que viva juntos puede firmar el recibo.

Base jurídica: Artículo 7 de las "Diversas Disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre la Entrega Urgente de Documentos de Litigios Civiles por los Tribunales". Si el destinatario encomienda un cobrador, el recibo del cobrador designado se considerará recibo del propio destinatario. Si la agencia postal no se reúne con el destinatario en la dirección proporcionada o confirmada por el destinatario, el correo puede entregarse a un miembro adulto de la familia que viva con el destinatario para su recogida, a menos que el destinatario sea la otra parte en el mismo caso. Artículo 9 En cualquiera de las siguientes circunstancias, se realizará la entrega:

(1) El destinatario firma, sella o sella el recibo de respuesta;

(2) Recibo Si la persona es una persona física sin capacidad para conducta civil o con capacidad limitada para conducta civil, su representante legal deberá firmar el recibo;

(3) Si el destinatario es una persona jurídica u otra organización, el representante legal , La persona principal a cargo de la organización o el personal de la oficina, sala de envío y recepción, o sala de servicio firmará el recibo;

(4) El agente litigante del destinatario deberá firmar el recibo;

(5) El destinatario designado por el destinatario deberá firmar el recibo; (6) El miembro adulto de la familia que viva junto con el destinatario deberá firmar el recibo.