¿Tengo que firmar el formulario de certificación de accidente de tráfico?
¿En qué elementos debe constar un accidente de tráfico?
1. Debe ser provocado por vehículos. Los vehículos incluyen vehículos de motor y vehículos sin motor. Sin vehículo no puede haber accidente de tráfico. Por ejemplo, si un peatón choca con otro peatón mientras circula, no puede constituir un accidente de tráfico.
2. Sucedieron cosas en el camino. Por vías se entiende las autopistas, vías urbanas y lugares por donde se permite el paso de vehículos de motor, incluidas plazas, estacionamientos públicos y otros lugares de acceso público.
3. Se refiere a eventos que ocurren cuando un vehículo está en movimiento o estacionado. Si el vehículo está completamente detenido, los peatones chocan activamente con el vehículo, o los accidentes como aglomeraciones, caídas o víctimas que ocurren durante el proceso de subir o bajar del vehículo no son accidentes de tránsito;
4. Ocurrió un accidente. Se refiere a uno de los fenómenos de colisión, aplastamiento, rayado, vuelco, choque, explosión, incendio, etc.;
5. Definitivamente habrá consecuencias de daños. Las consecuencias de los daños solo se refieren a las consecuencias de los daños directos, que son pérdidas materiales, incluidas lesiones personales y daños a la propiedad.
Base legal: Artículo 51 del “Reglamento de Procedimientos para la Atención de Accidentes de Tráfico”.
Si los interesados tienen objeciones a la identificación de un accidente de tráfico, podrán presentar una solicitud de revisión por escrito al departamento de gestión de tráfico del siguiente órgano de seguridad pública de nivel superior dentro de los tres días siguientes a la fecha de entrega. de la carta de identificación de accidente de tráfico. La solicitud de reexamen deberá expresar la solicitud de reexamen, sus motivos y pruebas principales. Si la víctima tiene motivos y pruebas suficientes para demostrar que la responsabilidad en la carta de determinación de accidente de tráfico es efectivamente incorrecta, tiene derecho a solicitar una revisión y solicitar al departamento de control de tráfico de nivel superior que la cambie o cancele. Para revisión, el límite es una vez.