Medidas para la Supervisión Nacional e Inspección Spot de la Calidad del Producto
Cada trimestre se llevan a cabo supervisión nacional e inspecciones puntuales periódicas, y de vez en cuando se organizan supervisión nacional e inspecciones puntuales especiales en función de la calidad del producto. Artículo 5 La Administración General de Supervisión, Inspección y Cuarentena de la Calidad (en adelante, la Administración General de Supervisión, Inspección y Cuarentena de la Calidad) es responsable de organizar e implementar la supervisión nacional y las inspecciones puntuales y emitir avisos locales pertinentes de supervisión y inspección puntuales; los departamentos de supervisión técnica y de calidad y las agencias de inspección de la calidad del producto que cumplan con las condiciones especificadas en la Ley de Calidad del Producto, deben aceptar la encomienda de la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena para ser responsable del trabajo de muestreo de la supervisión nacional y las inspecciones puntuales; las agencias pertinentes de inspección de la calidad de los productos que cumplen con las disposiciones de la Ley de Calidad de los Productos son responsables de la supervisión nacional y las inspecciones puntuales de los departamentos de supervisión técnica y de calidad de todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central (en lo sucesivo denominados); departamentos provinciales de supervisión técnica y de calidad) departamentos de supervisión), de conformidad con los requisitos de la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena, realizarán el trabajo pertinente de supervisión nacional e inspección puntual dentro de sus propias regiones administrativas. Artículo 6 Las actividades de inspección in situ de la calidad del producto realizadas por los departamentos pertinentes del Consejo de Estado u organizaciones locales no se llevarán a cabo en nombre de la supervisión nacional ni de las inspecciones in situ, y los anuncios de inspecciones in situ de la calidad no se titularán "Supervisión estatal e inspecciones in situ". Artículo 7 La base para la determinación de la calidad de la supervisión estatal y las inspecciones puntuales serán las normas nacionales, las normas industriales, las normas locales y las regulaciones nacionales pertinentes de los productos inspeccionados, así como las normas empresariales o los compromisos de calidad expresos de la empresa.
Cuando los indicadores de seguridad, salud y otros indicadores de las normas empresariales o los compromisos de calidad adoptados explícitamente por la empresa sean inferiores a las normas nacionales obligatorias, las normas industriales obligatorias, las normas locales obligatorias o las regulaciones nacionales pertinentes, la empresa deberá utilizar los estándares nacionales obligatorios, los estándares de la industria, los estándares locales o las regulaciones nacionales relevantes sirven como base para el juicio de calidad. Además de los requisitos de las normas obligatorias o de las regulaciones nacionales pertinentes, las normas o compromisos de calidad adoptados explícitamente por la empresa pueden utilizarse como base para el juicio de calidad.
Si no existen estándares obligatorios correspondientes, estándares corporativos y un compromiso de calidad expreso de la empresa, los estándares nacionales recomendados correspondientes y los estándares industriales deben usarse como base para el juicio de calidad. Artículo 8 La unidad de inspección in situ proporcionará gratuitamente muestras para la supervisión estatal y la inspección in situ, y el número de muestras tomadas no excederá las necesidades de inspección razonables. Artículo 9 Las empresas sujetas a inspecciones in situ cooperarán activamente con la supervisión estatal y las inspecciones in situ. Las muestras inconvenientes deben ser enviadas por la empresa de muestreo y enviadas a la agencia de inspección. Las empresas no pueden rechazar la supervisión estatal y las inspecciones aleatorias ni negarse a enviar o enviar muestras selladas sin motivos justificables. Artículo 10 No se cobrarán tarifas de inspección a las empresas por la supervisión estatal y las inspecciones puntuales. Los gastos necesarios para la supervisión estatal y las inspecciones puntuales se cubrirán con fondos especiales asignados por el departamento financiero. Los fondos nacionales de supervisión e inspección puntual asignados especialmente por el departamento financiero son administrados y utilizados de manera uniforme por la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena. Artículo 11 Para los productos que han sido sujetos a supervisión nacional e inspección in situ, dentro de los seis meses siguientes a la fecha del muestreo, los departamentos competentes de las empresas de diversas industrias, los departamentos locales de supervisión técnica y de calidad y otros departamentos no repetirán la supervisión e inspección in situ. Capítulo 2 Plan de inspección in situ y determinación del plan de inspección in situ Artículo 12 Los productos sujetos a supervisión nacional e inspección in situ involucran principalmente la salud humana y la seguridad personal y de la propiedad, productos industriales importantes que afectan la economía nacional y el sustento de las personas, y productos con problemas de calidad reportados. por usuarios, consumidores y organizaciones relevantes.
La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena es responsable de formular el Catálogo de Productos Clave para la Supervisión Nacional e Inspección Spot (en adelante el Catálogo, será revisado y ajustado según el producto); desarrollo y cambios de calidad. Artículo 13 La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena formulará un plan nacional de supervisión e inspección puntual basado en el Catálogo y solicitará opiniones de las partes pertinentes, y asignará tareas nacionales de supervisión e inspección puntual a las unidades pertinentes. Artículo 14 Los departamentos provinciales de supervisión técnica y de calidad y los organismos de inspección formularán planes de inspección aleatorios después de aceptar las tareas de supervisión nacional e inspección puntual.
El plan de inspección puntual deberá incluir los siguientes contenidos:
(1) Muestreo. Indique los estándares de muestreo, la cantidad de muestreo y la base de muestra, así como el número de muestras de inspección y muestras de repuesto.
(2) Bases de inspección. Las bases para la inspección deberán cumplir con los principios estipulados en el artículo 7 de estas Medidas.
(3) Artículos de inspección. Los elementos de inspección deben resaltar los puntos clave, seleccionando principalmente elementos relacionados con la salud humana y la seguridad personal y de la propiedad, así como los principales indicadores de desempeño, físicos y químicos, etc.
(4) Reglas de juicio. Si existen reglas de juicio en normas nacionales relevantes o estándares industriales, en principio, el juicio se hará de acuerdo con las disposiciones de las normas. Si no hay un juicio integral en la norma, el organismo de inspección responsable de la supervisión nacional y la inspección puntual puede proponer un plan, que se implementará después de ser aprobado por el Comité Técnico de Normalización y buscar opiniones de las autoridades de la industria, y luego informar al Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena para su aprobación;
(5) Proponer una lista de empresas a inspeccionar. Al determinar las empresas para la inspección in situ, se deben resaltar los puntos clave y estos deben ser representativos hasta cierto punto. Las empresas grandes, medianas y pequeñas deberían representar cada una una cierta proporción y, al mismo tiempo, debería haber un cierto número de empresas de seguimiento y control al azar. Si es necesario, se puede designar el alcance de las empresas que se inspeccionarán aleatoriamente;
(6) Presupuesto de inspección aleatoria. El presupuesto de inspección aleatoria se formula de acuerdo con el principio de no fines de lucro e incluye principalmente tarifas de inspección, gastos de viaje, tarifas de transporte de muestras, tarifas de anuncios, etc.
El muestreo, la base de inspección, los elementos de inspección y las reglas de juicio en el plan nacional de supervisión e inspección in situ deben cumplir con los principios de ciencia, imparcialidad, equidad y apertura.