Colección de citas famosas - Consulta de diccionarios - ¿Es ilegal que un marido insulte y menosprecie a menudo a su esposa?

¿Es ilegal que un marido insulte y menosprecie a menudo a su esposa?

Análisis jurídico: Dependiendo de la situación se puede dividir en ilegal e ilegal, entre ilegal y no ilegal, e ilegal. Las diferentes etapas tienen diferentes consideraciones y contenidos correspondientes. Ante el abuso prolongado de su marido, lo que una esposa debe hacer es minimizar su propio daño y protegerse. Porque si dicho daño no se maneja adecuadamente, puede afectar la vida posterior e incluso causar una sombra para toda la vida.

Base legal: Artículo 42 de la "Ley de Castigo de la Administración de Seguridad Pública de la República Popular China". Quien cometa cualquiera de los siguientes actos será detenido por no más de cinco días o multado con no más de 500 yuanes. si las circunstancias son más graves, serán detenidos por no menos de cinco días pero no más de diez días, y también podrán ser multados con no más de quinientos yuanes: (1) Quienes escriban cartas amenazantes o utilicen otros métodos para amenazar la seguridad personal de otros (2) Aquellos que insultan abiertamente a otros o inventan hechos para difamar a otros (3) Fabrican hechos y hacen acusaciones falsas para incriminar a otros en un intento de someter a otros a un proceso penal o sanciones de seguridad pública; ) Amenazar, insultar, golpear o tomar represalias contra los testigos y sus familiares cercanos; (5) Enviar repetidamente mensajes obscenos, insultantes, amenazas u otra información que interfiera con la vida normal de otros; (6) Espiar, filmar, escuchar a escondidas o difundir otros; la privacidad de las personas.

Artículo 293 del Código Penal de la República Popular China y de la República Popular China: Cualquiera que cometa cualquiera de los siguientes actos de provocar riñas y provocar disturbios y alterar el orden social será condenado a pena fija: pena de prisión no superior a cinco años, detención penal o vigilancia: (1) ) Golpear a otros a voluntad, en circunstancias graves (2) Perseguir, interceptar, insultar e intimidar a otros, en circunstancias graves (3) Tomar o tomar por la fuerza; dañar u ocupar arbitrariamente propiedad pública o privada, con circunstancias graves (4) En público* Provocar disturbios en lugares públicos, causar desorden grave en lugares públicos; El que reúna a otras personas para cometer repetidas veces los actos mencionados en el párrafo anterior y altere gravemente el orden social, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años, pudiendo también ser multado. Artículo 293-1: El que, en cualquiera de las circunstancias siguientes, cobre deudas ilegales derivadas de usura, etc., y las circunstancias sean graves, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión o prisión penal. vigilancia, y será multado también o únicamente: (1) Usar violencia o coerción (2) Restringir la libertad personal de otros o invadir hogares ajenos; (3) Intimidar, acechar o acosar a otros;