¿Cuál es la definición de firma electrónica en la Ley de Firma Electrónica?
El artículo 2 de la “Ley de Firma Electrónica” estipula: El término “firma electrónica” tal como se utiliza en esta ley se refiere a la firma electrónica contenida en el mensaje de datos y adjunta para identificar la identidad del firmante e indicar que el firmante reconozca el contenido. El término “mensaje de datos” utilizado en esta Ley se refiere a la información generada, enviada, recibida o almacenada por medios electrónicos, ópticos, magnéticos o similares.
Otros países u organizaciones internacionales también tienen definiciones legales de firma electrónica, tales como: la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Firmas Electrónicas, la Directiva Marco de Firmas Electrónicas de la Unión Europea, la "Ley de Servicios de Autenticación y Firma Electrónica" de Japón, la "Ley de Firma Electrónica Nacional y Global" de Estados Unidos, etc.