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Enlace del artículo: Ley de Ejecución Administrativa 1. Artículo 53 Si el interesado no solicita la reconsideración administrativa o inicia un litigio administrativo dentro del plazo legal y no ejecuta la decisión administrativa, el órgano administrativo sin facultades administrativas de ejecución podrá solicitarlo dentro de los tres meses siguientes a la expiración del plazo en De conformidad con lo dispuesto en este capítulo, el Tribunal Popular hará cumplir la ejecución.
2. Artículo 54 El organismo administrativo instará a las partes a cumplir con sus obligaciones antes de solicitar al tribunal popular la ejecución obligatoria. Si la parte aún no cumple con sus obligaciones diez días después de la notificación por escrito, la agencia administrativa puede solicitar la ejecución forzosa al tribunal popular local; si el objeto de la ejecución es un bien inmueble, la agencia administrativa puede solicitar la ejecución forzosa; tribunal popular con competencia sobre la ubicación del inmueble para ejecución forzosa.
3. Artículo 55 Al solicitar la ejecución obligatoria por parte del Tribunal Popular, el organismo administrativo deberá proporcionar los siguientes materiales:
(1) Solicitud de ejecución obligatoria;
(2) Decisiones administrativas y los hechos, motivos y fundamentos de las decisiones;
(3) Opiniones de las partes y recordatorios de agencias administrativas;
(4) Materia de solicitud de ejecución forzosa;
(5) Otros materiales prescritos por las leyes y reglamentos administrativos.
La solicitud de ejecución forzosa deberá ser firmada por el responsable del organismo administrativo, sellada con el sello del organismo administrativo y marcada con la fecha.
4. Artículo 56 El Tribunal Popular aceptará la solicitud de ejecución forzosa presentada por el organismo administrativo en el plazo de cinco días.
Si la agencia administrativa tiene objeciones a la decisión del Tribunal Popular de no aceptar el caso, puede solicitar una reconsideración al Tribunal Popular del siguiente nivel superior dentro de los quince días. solicitar dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de reconsideración. Se tomará una decisión sobre si se acepta la solicitud dentro de unos días.
5. Artículo 57 El Tribunal Popular realizará una revisión escrita de la solicitud de ejecución obligatoria del organismo administrativo. Si una decisión administrativa cumple con lo dispuesto en el artículo 55 de esta Ley y tiene efectos legales de ejecución, el Tribunal Popular resolverá sobre la ejecución dentro de los siete días siguientes a la fecha de su aceptación, salvo las circunstancias previstas en el artículo 58 de esta Ley. .
6. Artículo 58 Si el Tribunal Popular comprueba que concurre alguna de las siguientes circunstancias, podrá escuchar las opiniones del sujeto de ejecución y del órgano administrativo antes de dictar sentencia: (1) Falta manifiesta de Basado en hechos;
(2) Hay una evidente falta de leyes y regulaciones;
(3) Otras violaciones evidentes que lesionen los derechos e intereses legítimos de la persona sujeta a ejecución.
El tribunal popular deberá pronunciarse sobre su implementación dentro de los 30 días siguientes a la fecha de aceptación. Si la resolución no se ejecuta, se expresarán las razones y la resolución de no ejecución se enviará al organismo administrativo dentro de los cinco días.
Si la agencia administrativa tiene objeciones a que no se implemente la decisión del tribunal popular, puede solicitar una reconsideración al tribunal popular del siguiente nivel superior dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la decisión. La decisión sobre su implementación o no se tomará dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la solicitud.