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Procedimientos para la autenticación forense de escritura y huellas dactilares

Análisis legal: Identificación de huellas dactilares: 1. Comprender la situación de las huellas dactilares enviadas para inspección; 2. Inspeccionar las huellas dactilares de muestra; 3. Tomar fotografías; 4. Procedimientos de identificación de huellas dactilares; de los materiales de inspección; 6. Comparar.

Identificación de escritura: La identificación de escritura es una técnica especializada para identificar escritores en función de sus habilidades y hábitos de escritura, así como de sus reflejos en la escritura y las pinturas. La tarea principal es pasar la prueba de identificación de escritura a mano para demostrar si la escritura en el documento y la evidencia es la letra de la misma persona, y para demostrar si la escritura en el documento y la evidencia es la letra de un determinado sospechoso. La identificación de la escritura no solo puede evaluar la escritura normal, sino también la escritura que cambia en las condiciones de escritura (incluida la postura de escritura, las herramientas de escritura, los materiales de respaldo, etc.), la escritura deliberadamente disfrazada (incluida la escritura a mano izquierda, la escritura a mano con trazo de regla), la imitación. escritura a mano y pintura de escritura a mano. Cuando la misma persona escribe con el mismo bolígrafo, las características de la marca del bolígrafo también pueden utilizarse para enriquecer la base para identificar al escritor.

Base legal: “Principios Generales de los Procedimientos de Autenticación Forense”

Artículo 14 Las instituciones de tasación forense revisarán los asuntos de tasación encomendados, materiales de tasación, etc. Si cae dentro del alcance del negocio de tasación forense de la agencia, el propósito de la tasación es legal y los materiales de tasación proporcionados pueden satisfacer las necesidades de la tasación, se aceptará. Si los materiales de identificación son incompletos o insuficientes y no pueden satisfacer las necesidades de la identificación, la institución de identificación judicial podrá exigir al cliente que los complemente, si los complementos pueden satisfacer las necesidades de la identificación, se aceptará la solicitud;

Artículo 28 La institución de tasación forense deberá realizar la tasación dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha en que entre en vigor el poder judicial de tasación. Si los asuntos de evaluación involucran cuestiones técnicas complejas, difíciles o especiales o el proceso de evaluación lleva mucho tiempo, el plazo para completar la evaluación puede ampliarse con la aprobación del responsable de la institución. El plazo de extensión generalmente no será. exceder de treinta días hábiles. Si se prorroga el plazo de tasación, se informará inmediatamente al cliente. Si la agencia de tasación forense y el cliente tienen otros acuerdos sobre el plazo de tasación, prevalecerá el acuerdo. El tiempo necesario para complementar o volver a extraer materiales de identificación durante el proceso de identificación no se incluirá en el límite de tiempo de identificación.