¿Es necesario sellar el acuerdo de asociación?
Base Legal
Artículo 18 de la Ley de Sociedades Anónimas
El contrato de sociedad deberá especificar las siguientes materias:
(1) La nombre de la sociedad y la ubicación de sus locales comerciales principales;
(2) El objeto y alcance comercial de la sociedad;
(3) Los nombres y domicilios de los socios;
(4) Método de aporte de capital de los socios, monto del aporte de capital y período de aporte de capital;
(5) Métodos de distribución de ganancias y pérdidas;
(6 ) Ejecución de los asuntos de la sociedad;
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(7) Entrada y salida de la sociedad
(8) Métodos de resolución de disputas
(9); ) Disolución y liquidación de la sociedad.
(10) Responsabilidad por incumplimiento de contrato.
Artículo 19 de la "Ley de Sociedades Anónimas"
El contrato de sociedad entrará en vigor una vez firmado y sellado por todos los socios. Los socios disfrutan de derechos y cumplen obligaciones según el acuerdo de sociedad. Sin embargo, la modificación o ampliación del contrato de sociedad deberá ser acordada por unanimidad de todos los socios, salvo que en el contrato de sociedad se estipule lo contrario; Los asuntos que no estén estipulados en el contrato de sociedad o que no estén estipulados con claridad serán decididos por los socios mediante negociación; si la negociación fracasa, los asuntos se tratarán de conformidad con las disposiciones de esta Ley y otras leyes y reglamentos administrativos pertinentes.