¿Quién posee los derechos de autor de las obras de caligrafía y pintura antiguas?
2. Si se utilizan obras originales de caligrafía y pintura antiguas, deberá indicarse igualmente el nombre del autor original.
3. Si utiliza la colección compilada de pinturas y caligrafía, debe obtener el consentimiento del compilador y pagar una remuneración.
4. La Ley de Derechos de Autor estipula:
El artículo 10 Los derechos de autor incluyen los siguientes derechos personales y de propiedad:
(14) Derecho de adaptación, es decir, modificación del obra y creación El derecho a crear una nueva obra con originalidad;
(16) El derecho de compilación, es decir, el derecho a seleccionar u organizar una obra o fragmentos de una obra en una nueva obra;
El titular de los derechos de autor podrá permitir que otros ejerzan los derechos especificados en los puntos (5) a (17) del párrafo anterior y reciban una remuneración de conformidad con el acuerdo o las disposiciones pertinentes de esta Ley.
Artículo 20 El plazo de protección del derecho de firma del autor, del derecho de modificación y del derecho a proteger la integridad de la obra no está limitado.