¿Importa si la fecha de sellado del contrato es posterior a la fecha de vigencia del contrato?
Subjetividad Legal:
Un contrato sólo es válido si está sellado pero no firmado ni fechado. Según la ley, si las partes celebran un contrato en forma de contrato, el contrato se establece cuando ambas partes firman, sellan o toman sus huellas dactilares, por lo que el contrato puede ser firmado o sellado. El contenido del contrato lo acuerdan las partes, y la fecha no es una cláusula necesaria del contrato, por lo que la ausencia de una fecha en el contrato no afecta la validez del contrato. Objetividad jurídica:
Artículo 490 del Código Civil: Si las partes celebran un contrato en forma de contrato, el contrato quedará establecido cuando ambas partes firmen, sellen o tomen las huellas dactilares del contrato. Antes de firmar, sellar o tomar huellas dactilares, una de las partes ha cumplido con sus obligaciones principales y el contrato queda establecido cuando la otra parte lo acepta. Las leyes y los reglamentos administrativos estipulan o las partes acuerdan que un contrato debe celebrarse por escrito. Si las partes no utilizan la forma escrita pero una parte ha cumplido con sus obligaciones principales y la otra parte lo acepta, el contrato queda establecido. Un contrato establecido de conformidad con el primer párrafo del artículo 502 surtirá efectos desde el momento de su celebración, salvo disposición legal en contrario o pacto en contrario de las partes.