¿Es válido el contrato firmado y sellado por ambas partes?
1. ¿Es válido el contrato firmado por una de las partes?
Los contratos firmados y sellados por una parte generalmente no son válidos ante la ley. Sin embargo, si la parte que firma y sella considera el texto como una oferta válida, siempre que la contraparte que no haya firmado y sellado el contrato se comprometa válidamente con el texto, el contrato se establecerá de conformidad con la ley y surtir efecto sin violar las disposiciones legales. Además, en efecto, si la parte sin firma y sello ha cumplido el contrato y ha reconocido en su conducta el contenido del mismo, el contrato es válido.
Artículo 490 del Código Civil
Cuando se establece un contrato, si las partes lo celebran en forma de contrato, el contrato quedará establecido cuando todas las partes firmen, sello o huella digital. Antes de firmar, sellar o tomar huellas dactilares, una de las partes ha cumplido con sus obligaciones principales, y el contrato queda establecido cuando la otra parte lo acepta.
Los contratos se celebrarán por escrito según lo estipulado por las leyes, los reglamentos administrativos o lo acordado por las partes. Si las partes no lo hacen por escrito, pero una parte ha cumplido con sus obligaciones principales y la otra las ha aceptado, se forma un contrato.
2. ¿Pueden las partes del contrato alegar que el contrato es inválido?
En términos generales, las partes que pueden alegar la nulidad de un contrato son las partes del contrato, las partes interesadas y las autoridades nacionales competentes.
Las partes del contrato, los terceros con interés en el contrato de que se trate y la autoridad nacional competente podrán alegar la nulidad del contrato. No debería haber límite de tiempo para reclamar la nulidad de un contrato.
Para un contrato generalmente inválido que sólo involucra los intereses de las partes, la reclamación no está sujeta a restricciones de materia o tiempo y no será efectiva. El objetivo de afirmar la nulidad de un contrato es responsabilizar a las partes o asumir las deudas correspondientes confirmando la nulidad del contrato. En este momento, el sujeto que alega que el contrato es inválido debe ser la parte del contrato inválido. Si las reclamaciones derivadas de contratos inválidos requieren protección judicial, también deberían limitarse. El llamado tiempo aquí se refiere a la prescripción. En nuestro país, cuando expira el plazo de prescripción, el derecho del acreedor a ganar el pleito desaparece y el tribunal no protege los derechos del acreedor.
Por lo tanto, la firma de un contrato debe ser firmada y sellada por ambas partes, o mediante la firma y sello de una de las partes, y el sello de la Parte B, para que el contrato sea válido. Si un contrato se hace explícito y una de las partes es firmada por un agente, el contrato puede quedar en el limbo. Para que el contrato finalmente surta efecto, deberá ser ratificado por las partes.
Es perfectamente posible que ambas partes firmen un contrato por consenso. Según lo dispuesto en el Código Civil, el contrato queda establecido después de la firma, pero si puede tener efectos jurídicos es una cuestión posterior. Si una de las partes ha firmado y sellado el contrato pero la otra no lo ha firmado, el contrato no quedará establecido.