¿Qué debo hacer si dos vecinos se niegan a firmar un acuerdo de cuatro vecinos al vender una casa particular? Hay un certificado de propiedad inmobiliaria, un certificado de terreno y está escrito en el mapa, pero no están firmados.
Una vez terminada la casa, la parte interesada solicita a la Oficina de Tierras y Recursos una certificado de derecho de uso de tierras de propiedad estatal, y luego de acuerdo con las "Medidas de Registro de Tierras". De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9, el vecino debe presentar y firmar un formulario de estudio catastral para su confirmación. Si un vecino se niega a firmar, puede explicar la situación a la Oficina de Tierras y Recursos y manejarla de acuerdo con los procedimientos de incumplimiento de contrato e incumplimiento:
1. De acuerdo con el "Reglamento de Estudio Catastral Urbano" promulgado. e implementado en 1993, si una de las partes incumple el contrato y está ausente, la situación se manejará de acuerdo con diferentes circunstancias. Tome las siguientes medidas: Si una de las partes incumple y está ausente, su límite terrestre será determinado por el límite señalado por la parte. la otra parte, si ambas partes están ausentes debido a incumplimiento de contrato, el límite terrestre será determinado por el topógrafo en función de los límites actuales y las costumbres locales, los resultados de la demarcación se entregarán por escrito al ausente por defecto;
Si hay alguna objeción, se deberá presentar una solicitud de nueva demarcación dentro de los 15 días, y todos los costos de la nueva demarcación correrán a cargo de la persona. Si la solicitud no se presenta dentro del plazo, las dos líneas divisorias surtirán automáticamente efecto. Si el solicitante no firma y sella el formulario de levantamiento catastral después de la demarcación de límites, se seguirán las disposiciones anteriores. Por lo tanto, si el vecino se niega a firmar el acuerdo de límites de propiedad, la Oficina de Tierras y Recursos puede solicitar un certificado de derecho de uso de tierras de propiedad estatal para el solicitante de acuerdo con las disposiciones anteriores y los procedimientos de demarcación de límites predeterminados.
2. Los pasos específicos de la operación son los siguientes:
La Oficina de Tierras y Recursos entregará el aviso de demarcación de límites en el sitio al solicitante y a los vecinos 4 días antes de la fecha de inicio. Demarcación de límites del sitio. El día de la demarcación, si todos asisten a la demarcación y firman sin objeción, se seguirán los procedimientos normales; si el vecino está ausente o se niega a firmar sin motivo, el resultado de la demarcación quedará sujeto a la demarcación del solicitante, y a los Terrenos y Recursos. La Oficina entregará la demarcación al solicitante ausente. Confirmación de resultados. Si tiene alguna objeción a los resultados de la demarcación, debe solicitar la nueva demarcación dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción de la carta de confirmación de los resultados de la demarcación y asumir los costos correspondientes. Si no se presenta dentro del plazo, los resultados de la demarcación de límites anterior entrarán en vigor automáticamente y la Oficina de Tierras y Recursos solicitará un certificado de derecho de uso de tierras de propiedad estatal para el solicitante sobre esta base.
3. Para manejar adecuadamente las relaciones vecinas y esforzarse por resolver conflictos y disputas, la Oficina de Tierras y Recursos debe aprovechar plenamente su función de mediación e instar a ambas partes a negociar y resolver. Antes de manejar el procedimiento de demarcación predeterminada, la Oficina de Tierras y Recursos organizará a todas las partes para que asistan al lugar, escuchen plenamente sus opiniones y descubran los motivos de la negativa, a fin de manejar la disputa de manera oportuna y proteger los derechos legítimos. derechos e intereses de las partes.