Como demandante, ¿la unidad necesita colocar su sello oficial en la denuncia?
Análisis Legal
De acuerdo con las disposiciones legales pertinentes, la prueba que emite la unidad depende de la fuente de la misma. Si se trata de un documento perteneciente a la propia unidad, por supuesto deberá llevar el sello oficial de la unidad. Si el documento no es de la empresa, se deberá aportar el original y copia del documento. La copia deberá estar marcada como "consistente con el original" y sellada con el sello oficial de la empresa. Los materiales que un empleador necesita preparar como demandante en un proceso de litigio laboral incluyen: el laudo arbitral laboral original (o la notificación de rechazo original emitida por el comité de arbitraje), o el recibo de servicio original emitido por el comité de arbitraje y una copia del laudo arbitral laboral; copias de otros materiales probatorios relacionados con este caso (número de imputados 1). Si una parte encomienda a un agente la participación en el litigio, deberá proporcionar los materiales de encomienda correspondientes. Si hay más de dos solicitantes para un laudo arbitral, y si el empleador no está satisfecho con los laudos de múltiples solicitantes, deberá preparar múltiples materiales de procesamiento de acuerdo con el número de solicitantes. Los empleadores sólo pueden demandar por laudos no definitivos; por los laudos definitivos, si el empleador tiene pruebas que demuestren que cumple con las disposiciones legales pertinentes, puede solicitar al Tribunal Popular Intermedio donde se encuentra la Comisión de Arbitraje de Conflictos Laborales para revocar el laudo dentro del plazo; 30 días a partir de la fecha de recepción del laudo arbitral.
Base jurídica
Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China
Artículo 120 La denuncia se presentará al Tribunal Popular y se presentarán copias de acuerdo con al número de acusados. Si es realmente difícil redactar una denuncia, se puede presentar oralmente y el tribunal popular la registrará e informará a la otra parte.
Artículo 59 Cuando se encomiende a otra persona la actuación de agente en un litigio, deberá presentarse ante el Tribunal Popular un poder firmado o sellado por el cliente. El poder debe especificar los asuntos y la autoridad encomendados. Los agentes litigantes deben contar con autorización especial del cliente para admitir, abandonar o modificar reclamaciones litigiosas, realizar acuerdos, presentar reconvenciones o apelaciones en su nombre. El poder enviado o encomendado por nacionales chinos * * y ciudadanos chinos que viven en el extranjero debe ser autenticado por los chinos * * y la embajada o consulado chino en ese país, si no hay embajada o consulado, será autenticado por un tercero; país que tiene relaciones diplomáticas con el pueblo chino Es autenticado por la embajada o consulado, y luego autenticado por el pueblo chino y la embajada o consulado chino en el tercer país, o por el grupo patriótico chino de ultramar local.