Colección de citas famosas - Consulta de diccionarios - ¿Tengo que firmar por una casa?

¿Tengo que firmar por una casa?

Debo pedirte permiso. Esto es necesario. El artículo 11 del "Reglamento de Gestión de la Vivienda Privada Urbana" promulgado por el Consejo de Estado en 1983 estipula: "Si el propietario vende una casa arrendada, deberá notificar al arrendatario con tres meses de antelación. En las mismas condiciones, el arrendatario tiene derecho a "Tribunal Supremo" El artículo 118 de las Opiniones sobre la Aplicación de los Principios Generales del Derecho Civil estipula: "El arrendador deberá notificar al arrendatario con tres meses de antelación la venta de una casa arrendada. El arrendatario tendrá el derecho de preferencia en virtud de las mismas condiciones; si el arrendador no vende la casa de acuerdo con este reglamento, el arrendatario podrá solicitar al Tribunal Popular que declare inválida la venta de la casa ". El artículo 230 de la Ley de Contratos estipula: "Si el arrendador vende la casa. casa arrendada, deberá notificarla al arrendatario dentro de un plazo razonable antes de la venta. El arrendatario tendrá derecho a hacerlo en las mismas condiciones "Derecho de tanteo".

En la práctica judicial específica. , cuando tu abuela venda su casa, el centro de transacciones de bienes raíces te pedirá que estés presente y deberás firmar. Si no quieres firmar, asegúrate de que la firma de tu abuela sea válida, la cual también requiere tu firma.