El contrato no está sellado
Subjetividad legal:
La validez de un contrato generalmente depende de cómo se estipulan en el contrato los términos de su efectividad; en términos generales, el contrato generalmente estipulará que debe ser firmado por ambas partes. /El sello es condición de validez. También se pueden acordar por separado otras condiciones efectivas. La existencia de un sello de costura depende de si está específicamente estipulado en el contrato. En términos generales, el sello de costura es un procedimiento de operación riguroso, es decir, al sellar el sello de costura, significa que todas las páginas del contrato tienen ciertos rastros, y no es fácil agregar casualmente el número de páginas para cambiar el contenido del contrato, lo que afectará a la celebración del contrato. Esto aumentará la dificultad para verificar la autenticidad del contrato. Por lo tanto, la ausencia de un sello de costura no es la base principal para determinar si el contrato es válido. Por regla general, un contrato de este tipo no es válido si sólo lo firma una de las partes, a menos que se estipule lo contrario en el contrato. Objetividad jurídica:
Artículo 490 del Código Civil 6868 Cuando las partes celebran un contrato en forma de contrato, el contrato se establece cuando ambas partes lo firman, sellan o toman sus huellas dactilares. Antes de firmar, sellar o tomar huellas dactilares, una de las partes ha cumplido con sus obligaciones principales y el contrato queda establecido cuando la otra parte lo acepta. Las leyes y los reglamentos administrativos estipulan o las partes acuerdan que un contrato debe celebrarse por escrito. Si las partes no utilizan la forma escrita pero una parte ha cumplido con sus obligaciones principales y la otra parte lo acepta, el contrato queda establecido.