¿Es válido el contrato sin la firma de la Parte B?
Subjetividad jurídica:
Si la Parte B no firma el contrato, pero tiene sello o huella digital, el contrato es válido. Si la Parte B no firma, pero una de las partes ha cumplido con sus obligaciones principales y la otra ha aceptado el cumplimiento de la otra parte, el contrato es válido. Salvo las circunstancias anteriores, el contrato no es válido. Objetividad jurídica:
Artículo 490 del Código Civil: Si las partes celebran un contrato en forma de contrato, el contrato quedará establecido cuando ambas partes firmen, sellen o tomen las huellas dactilares del contrato. Antes de firmar, sellar o tomar huellas dactilares, una de las partes ha cumplido con sus obligaciones principales y el contrato queda establecido cuando la otra parte lo acepta. Las leyes y los reglamentos administrativos estipulan o las partes acuerdan que un contrato debe celebrarse por escrito. Si las partes no utilizan la forma escrita pero una parte ha cumplido con sus obligaciones principales y la otra parte lo acepta, el contrato queda establecido.