El acuerdo tiene nombre, firma, huella digital, pero no número de identificación. ¿Es válido?
Son válidos los actos jurídicos civiles que cumplan las siguientes condiciones:
(1) El actor tiene la correspondiente capacidad para la conducta civil;
(2) La intención es cierto;
(3) No violar las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos administrativos, y no violar el orden público y las buenas costumbres.
Artículo 469
Las partes podrán celebrar el contrato en forma escrita, oral u otras formas.
Por forma escrita se entienden contratos, cartas, telegramas, télex, faxes y otras formas que puedan expresar tangiblemente el contenido de los mismos.
Mensajes de datos que pueden expresar contenido de forma tangible a través del intercambio electrónico de datos, correo electrónico, etc. , y podrán ser recuperadas en cualquier momento, se considerarán realizadas por escrito.