Si el contrato se basa en la primera página o en la firma
El contrato está sujeto a firma. El contrato entra en vigor a partir de la fecha en que ambas partes lo firman, sellan o toman sus huellas dactilares. Así surtirá efecto la firma o el sello o la huella dactilar. Según análisis jurídicos relevantes:
1. En el proceso de formulación del derecho contractual, hubo muchas opiniones sobre la forma del contrato, que se pueden resumir en dos tipos. Una opinión es que el derecho contractual debería estipular que los contratos deben celebrarse por escrito, ya que los contratos orales son propensos a disputas. Otra opinión es que un contrato puede celebrarse por escrito, oralmente o de otras formas, siempre que no viole la ley y sea un contrato celebrado voluntariamente por ambas partes civiles, es válido. La ley contractual no debe estipular más. restricciones al contrato. Durante el proceso de redacción también se modificó varias veces la redacción de las disposiciones formales pertinentes del contrato. Considerando que es necesario adaptarse a las necesidades prácticas y alentar a las partes a celebrar los contratos por escrito en la medida de lo posible para evitar reclamaciones infundadas y normalizar y legalizar los contratos celebrados, este artículo estipula que la forma del contrato debe constar por escrito cuando las partes celebran un contrato oral y de otras formas. Si las leyes y reglamentos administrativos estipulan el uso de la forma escrita, se adoptará la forma escrita. Si las partes acuerdan hacerlo por escrito, lo harán por escrito. La forma escrita se refiere a un acuerdo alcanzado en una forma como palabras que reproducen el contenido. Este formulario es claro, está bien documentado y tiene un significado positivo para prevenir y resolver disputas.
2. La forma escrita se refiere generalmente al acuerdo alcanzado por ambas partes en forma de contratos, cartas, telegramas, télex, faxes, etc. Oral significa que las partes llegan a un acuerdo cara a cara o mediante un dispositivo de comunicación como una conversación telefónica. Las características de realizar un contrato verbalmente son que es directo, sencillo y rápido, y el monto es pequeño o las transacciones en efectivo suelen ser en forma oral. Como comprar comida en el mercado libre, comprar ropa en la tienda, etc. Los contratos verbales son una forma de contrato muy utilizada en la vida diaria de las personas. Por supuesto, la forma oral también se puede aplicar entre empresas, pero no hay pruebas en la forma oral después de que ocurre una disputa, es difícil obtener pruebas y es difícil distinguir responsabilidades.