El contrato estipula que se hará efectivo con firma y sello. ¿Está bien tener solo el sello oficial y sin firma?
Subjetividad jurídica:
Si las partes firman un contrato por escrito, sólo podrán sellar el contrato sin firmar. Según la ley, un contrato escrito celebrado entre las partes se establece cuando ambas partes lo firman, sellan o toman sus huellas dactilares. Por lo tanto, al firmar un contrato, las partes pueden optar por no firmar sino colocar un sello. En términos generales, las firmas o sellos de ambas partes son válidos después de que hayan llegado a un acuerdo sobre todos los aspectos del contrato. Objetividad jurídica:
Artículo 490 del Código Civil: Si las partes celebran un contrato en forma de contrato, el contrato quedará establecido cuando ambas partes firmen, sellen o tomen las huellas dactilares del contrato. Antes de firmar, sellar o tomar huellas dactilares, una de las partes ha cumplido con sus obligaciones principales y el contrato queda establecido cuando la otra parte lo acepta. Las leyes, los reglamentos administrativos o las partes acuerdan que un contrato debe celebrarse por escrito. Si las partes no utilizan la escritura pero una de ellas ha cumplido sus obligaciones principales y la otra lo acepta, el contrato queda establecido.