¿Es válida una firma de autorización verbal?
Es válida la encomienda verbal a otros para firmar el contrato. Desde un sentido legal, confiar verbalmente a otros para que firmen un contrato en su nombre es legalmente vinculante. Siempre que la otra parte del contrato esté de acuerdo, no habrá problema. Si la otra parte del contrato no está de acuerdo, surgirá la cuestión de cómo probar la autoridad confiada, lo que fácilmente dará lugar a disputas innecesarias. Respecto a la cuestión de si es válida la encomienda verbal para firmar un contrato en virtud de las Disposiciones Generales del Derecho Civil, el editor la responderá detalladamente a continuación.
1. Principios Generales del Derecho Civil Si es válida una encomienda verbal para firmar un contrato 1. Es posible encomendar a otros que firmen un contrato en su nombre. Las formas de delegación incluyen la delegación oral y la delegación escrita. 2. Desde un sentido jurídico, confiar verbalmente a otros para que firmen un contrato en su nombre es jurídicamente vinculante. Siempre que la otra parte del contrato esté de acuerdo, no habrá problema. Si la otra parte del contrato no está de acuerdo, surgirá la cuestión de cómo probar la autoridad confiada, lo que fácilmente dará lugar a disputas innecesarias. Normalmente la autorización debe constar por escrito, lo que resulta más conveniente. 3. Base jurídica: Artículo 161 del Código Civil: Los sujetos civiles podrán realizar actos jurídicos civiles a través de agentes. Según las disposiciones legales, el acuerdo de las partes o la naturaleza del acto jurídico civil, los actos jurídicos civiles que deban ser realizados por la propia persona no podrán ser representados por mandatario. Artículo 163: La agencia incluye al agente principal y al agente legal. El agente autorizado ejerce el poder de agencia de acuerdo con el encargo del mandante. El agente legal ejercerá la facultad de representación de conformidad con lo dispuesto en la ley. Artículo 165 Si la autorización de representación se hace por escrito, el poder deberá expresar el nombre del mandatario, materias de la representación, autoridad y plazo, y deberá estar firmado o sellado por el mandante.
2. La agencia terminará si ocurre alguna de las siguientes circunstancias: 1. El período de la agencia expira o los asuntos de la agencia se completan 2. El principal cancela la agencia o el agente renuncia a la agencia; Muere el agente; 4. El agente pierde su capacidad para la conducta civil; 5. Se extingue la persona jurídica como mandante o agente; Espero que el contenido anterior pueda resultarle útil. Si tiene otras preguntas, puede hacer clic en el botón a continuación para realizar una consulta o consultar a un abogado profesional.